Autoridades y personal. . (2023/63-39)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se convoca a concurso público 24 Contratos Predoctorales para la Formación del Personal Investigador del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2023.
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Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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7. Resolución del concurso.
7.1. La Comisión de Investigación será la encargada de examinar y valorar las
instancias presentadas por las personas aspirantes admitidas al concurso convocado por
esta Resolución.
7.2. El baremo aplicable será el que figura como Anexo I de la presente convocatoria.
La Comisión de Investigación será la competente para resolver cuantas dudas de
interpretación suscite la convocatoria o la aplicación del baremo. La Comisión de
Investigación podrá excluir de esta convocatoria a aquellas personas solicitantes que
falseen los datos de sus currículos o los incluyan en epígrafes que no corresponden, con
el objetivo de aumentar su valoración.
7.3. La Comisión de Investigación aprobará la resolución provisional que contendrá
la puntuación obtenida por las personas aspirantes en cada apartado del baremo así
como la correspondiente propuesta de adjudicación, abriéndose un plazo de 5 días
hábiles para formular las alegaciones que estimen oportunas. La resolución provisional
se publicará en la web indicada en la base 5. La indicación de la puntuación obtenida en
cada apartado del baremo, se considera motivación suficiente, conforme al artículo 35.2
de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Toda la documentación del expediente administrativo quedará
depositada en el Servicio de Gestión de Investigación.
7.4. Las reclamaciones presentadas serán resueltas por la Comisión de Investigación.
Resueltas las posibles reclamaciones o transcurrido el plazo establecido al efecto sin que
se hayan producido, se elevará la propuesta de adjudicación definitiva al Rector.
7.5. El Rector dictará resolución aprobando, en su caso, dicha propuesta y adjudicando
los contratos en cuestión, adjudicación que se hará pública en la web indicada en la base 5.
La resolución se dictará en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la
fecha de finalización de presentación de solicitudes. En el supuesto de no producirse
la resolución en el plazo establecido, se entenderán desestimadas las solicitudes. La
resolución dictada resolviendo las ayudas agota la vía administrativa.
7.6. Se concederán 6 ayudas por cada uno de los Grupos de Áreas que se relacionan
en el Anexo A del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2023. Dentro de un mismo
Grupo de Áreas (A, B, C y D), las ayudas se irán concediendo, primero, a los mejores
clasificados de los diferentes ámbitos (A1, A2, A3, etc.), segundo, a los segundos mejor
clasificados de los diferentes ámbitos, y así sucesivamente. La adscripción del solicitante
a un determinado ámbito vendrá definida por el Área de Conocimiento de la persona
directora de la ayuda que avala la solicitud.
7.7. Si un Grupo de Áreas no tiene candidatos suficientes, los contratos sobrantes se
asignarán a las personas mejores calificadas del resto de Grupos de Áreas, alternando
entre Grupos de Áreas, y buscando siempre la proporcionalidad de número de contratos
entre los diferentes ámbitos y Grupos de Áreas.
7.8. La concesión de ayudas se realizará en 4 fases:
- Fase A: se realizará un primer reparto de ayudas entre aquellos solicitantes que
participen con grupos de investigación que no tengan ningún contrato predoctoral del
Plan Propio de Investigación y Transferencia y, además, que hayan superado la primera
fase y hayan sido evaluados en la segunda fase de la convocatoria de Ayudas FPU 2020 o
2021 (convocadas por Orden de 6 de noviembre de 2020 del Ministerio de Universidades,
BOE 300 de 14 de noviembre; y por Orden de 12 de noviembre de 2021, del Ministerio de
Universidades, BOE 274 de 16 de noviembre de 2021). La no admisión o evaluación del
candidato por el organismo convocante será motivo de exclusión del reparto en esta Fase
A. En esta Fase A solo se podrá conceder una ayuda por grupo de investigación. En esta
fase se aplicará lo dispuesto en la base 7.7.
- Fase B: se realizará un segundo reparto entre el resto de los solicitantes que no
hayan participado en la Fase A y, además, que hayan superado la primera fase y hayan
sido evaluados en la segunda fase de la convocatoria de Ayudas FPU 2020 o 2021. La
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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