Disposiciones generales. . (2023/63-2)
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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d) Pendiente media de la explotación.
d.1. Más del 20% de pendiente media: 3 puntos.
d.2. Más del 8% y hasta el 20% de pendiente media: 2 puntos.
d.3. Hasta el 8% de pendiente media: 1 punto.
La pendiente media de la superficie determinada se calculará como la pendiente
media ponderada de todos los recintos que la conforman.
e) Porcentaje de superficie determinada en Parques Naturales o Parques Nacionales.
Aquellos titulares de explotaciones que tengan superficie determinada en parque natural
y/o parque nacional:
e.1. Si la superficie determinada de la explotación situada en parque natural y/o
parque nacional supera el 50%. 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de la
superficie determinada situada en parque natural y/o parque nacional frente al total de
superficie determinada.
e.2. Si la superficie total determinada de la explotación situada en parque natural y/o
parque nacional no supera el 50%. 1 punto más el valor porcentual en tanto por uno de
la superficie determinada situada en parque natural y/o parque nacional frente al total de
superficie determinada.
En caso de empate en las valoraciones establecidas anteriormente, se atenderán
aquellas solicitudes con menor superficie determinada.

Pastos en ganadería ecológica.
Las personas solicitantes de esta actuación se ordenarán en función del número
obtenido tras la aplicación de la siguiente baremación:
a) Porcentaje de superficie de pastos determinada en Red Natura 2000.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281238

Apicultura.
Las personas solicitantes de esta operación se ordenarán en función del número
obtenido tras la aplicación de la siguiente baremación:
a) Porcentaje de colmenas determinadas en Red Natura 2000.
Aquellas personas titulares de explotaciones que tengan colmenas determinadas en
zonas de la Red Natura 2000, obtendrán la siguiente puntuación:
a.1. Si las colmenas determinadas de la explotación situada en Red Natura 2000
supera el 50 por ciento: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de las unidades
comprometidas de colmenas situadas en Red Natura 2000 frente al total de colmenas
determinadas.
a.2. Si las colmenas determinadas de la explotación situadas en Red Natura 2000 no
supera el 50 por ciento: 1 punto más el valor porcentual en tanto por uno de las unidades
comprometidas de colmenas situadas en Red Natura 2000 frente al total de colmenas
determinadas.
b) Haber solicitado la intervención 6501.4 Apicultura para la biodiversidad: 1 punto.
c) Porcentaje de colmenas determinadas en Parques Naturales o Parques Nacionales.
Aquellas personas titulares de explotaciones que tengan colmenas determinadas en
parque natural y/o parque nacional:
c.1. Si el número de colmenas determinadas de la explotación situada en parque
natural y/o parque nacional supera el 50%. 3 puntos más el valor porcentual en tanto por
uno de las colmenas determinadas situada en parque naturaly/o parque nacional frente al
total de colmenas determinadas.
c.2. Si el número de colmenas total determinadas de la explotación situada en parque
natural y/o parque nacional no supera el 50%. 1 punto más el valor porcentual en tanto
por uno del número de colmenas determinadas situada en parque natural y/o parque
nacional frente al total de colmenas determinadas.
En caso de empate en las valoraciones establecidas anteriormente, se atenderán
aquellas solicitudes con menor número de colmenas determinadas.