Disposiciones generales. . (2023/63-2)
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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b.1. Si los colmenares de la explotación situados en Red Natura 2000 supera el 50
por ciento: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de los colmenares situados
en Red Natura 2000 frente al total de colmenares.
b.2. Si los colmenares de la explotación situada en Red Natura 2000 no supera el 50
por ciento: El valor porcentual en tanto por uno de los colmenares situados en Red Natura
2000 frente al total de colmenares.
c) Porcentaje de colmenares en superficie adehesada. Aquellos titulares de
explotaciones que tengan colmenares en superficie adehesada obtendrán la siguiente
puntuación:
c.1. Si los colmenares de la explotación situados en superficie adehesada supera
el 50 por ciento: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de los colmenares
situados en superficie adehesada frente al total de colmenas determinadas.
c.2. Si los colmenares de la explotación situados en superficie adehesada no supera
el 50 por ciento: El valor porcentual en tanto por uno de los colmenares situados en
superficie adehesada frente al total de colmenas determinadas.
d) Mayor número de unidades comprometidas de colmenas. Aquellos titulares de
explotaciones que tengan colmenas determinadas obtendrán la siguiente puntuación:
d.1. Mayor de 600 colmenas determinadas: 3 puntos.
d.2. Mayor de 300 y hasta 600 colmenas determinadas: 2 puntos.
d.3. Hasta 300 colmenas determinadas: 1 punto.
En caso de empate en las valoraciones establecidas anteriormente, se atenderán
aquellas solicitudes con mayor número de unidades comprometidas de colmenas.

Las personas solicitantes de esta operación se ordenarán en función del número
obtenido tras la aplicación de la siguiente baremación:
a) Explotaciones agrarias de arroz del entorno de Doñana y en zona RAMSAR.
a.1. Si la superficie determinada de la explotación situada en dichas zonas supera
el 50 por ciento: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en el entorno de Doñana y zonas RAMSAR frente al total de
superficie determinada.
a.2. Si la superficie determinada de la explotación situada en dichas zonas no
supera el 50 por ciento: 1 punto más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en el entorno de Doñana y zonas RAMSAR frente al total de
superficie determinada.
b) Porcentaje de superficie determinada en Red Natura 2000.
Aquellas personas titulares de explotaciones que tengan superficie determinada en
zonas de la Red Natura 2000, obtendrán la siguiente puntuación:
b.1. Si la superficie determinada de la explotación situada en Red Natura 2000
supera el 50 por ciento: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en Red Natura 2000 frente al total de superficie determinada.
b.2. Si la superficie determinada de la explotación situada en Red Natura 2000 no
supera el 50 por ciento: 1 punto más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en Red Natura 2000 frente al total de superficie determinada.
c) Porcentaje de superficie determinada en Zonas Vulnerables a la contaminación por
nitratos
Aquellas personas titulares de explotaciones que tengan superficie determinada
dentro de Zonas Vulnerables a la contaminación por nitratos obtendrán la siguiente
puntuación:
c.1. Si la superficie determinada de la explotación situada en Zonas Vulnerables a
la contaminación por nitratos supera el 50 por ciento: 3 puntos más el valor porcentual
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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