Disposiciones generales. . (2023/63-2)
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
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Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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b.1. Si la superficie determinada de la explotación situada en zonas RAMSAR supera
el 50 por ciento: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en zonas RAMSAR frente al total de superficie determinada.
b.2. Si la superficie determinada de la explotación situada en zonas RAMSAR no
supera el 50 por ciento: 1 punto más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en zonas RAMSAR frente al total de superficie determinada.
c) Porcentaje de superficie determinada en zonas vulnerables a la contaminación por
nitratos.
Aquellas personas titulares de explotaciones que tengan superficie determinada
dentro de zonas vulnerables a la contaminación por nitratos obtendrán la siguiente
puntuación:
c.1. Si la superficie determinada de la explotación situada en zonas vulnerables a la
contaminación por nitratos supera el 50%: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por
uno de la superficie determinada situada en zonas vulnerables a la contaminación por
nitratos frente al total de superficie determinada.
c.2. Si la superficie determinada de la explotación situada en zonas vulnerables a la
contaminación por nitratos no supera el 50%: 1 punto más el valor porcentual en tanto por
uno de la superficie determinada situada en zonas vulnerables a la contaminación por
nitratos frente al total de superficie determinada.
d) Porcentaje de superficie en la que se desarrolle la Producción Integrada o
Agricultura Ecológica.
Aquellos titulares de explotaciones que tengan superficie determinada bajo sistemas
de producción integrada o agricultura ecológica obtendrán la siguiente puntuación:
d.1. Si la superficie determinada de la explotación bajo sistemas de producción
integrada o agricultura ecológica supera el 50 por ciento: 5 puntos más el valor porcentual
en tanto por uno de la superficie determinada bajo tales sistemas de producción frente al
total de superficie determinada.
d.2. Si la superficie determinada de la explotación bajo sistemas de producción
integrada o agricultura ecológica no supera el 50 por ciento: 1 punto más el valor
porcentual en tanto por uno de la superficie determinada bajo tales sistemas de
producción frente al total de superficie determinada.
En caso de empate en las valoraciones establecidas anteriormente, se atenderán
aquellas solicitudes con menor superficie determinada.
Tipo de operación 3 y 4. Cultivos industriales. Requisitos obligatorios y Cultivos
industriales. Requisitos voluntarios.
Las personas solicitantes de esta operación se ordenarán en función del número
obtenido tras la aplicación de la siguiente baremación:
a) Porcentaje de superficie determinada en Red Natura 2000.
Aquellas personas titulares de explotaciones que tengan superficie determinada en
zonas de la Red Natura 2000, obtendrán la siguiente puntuación:
a.1. Si la superficie determinada de la explotación situada en Red Natura 2000
supera el 50 por ciento: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en Red Natura 2000 frente al total de superficie determinada.
a.2. Si la superficie determinada de la explotación situada en Red Natura 2000 no
supera el 50 por ciento: 1 punto más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en Red Natura 2000 frente al total de superficie determinada.
b) Porcentaje de superficie determinada en zonas RAMSAR.
Aquellas personas titulares de explotaciones que tengan superficie determinada
dentro de zonas RAMSAR obtendrán la siguiente puntuación:
b.1. Si la superficie determinada de la explotación situada en zonas RAMSAR supera
el 50 por ciento: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en zonas RAMSAR frente al total de superficie determinada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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