Disposiciones generales. . (2023/63-2)
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
82 páginas totales
Página
Secretaría General Técnica
ANEXO II y III

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Hoja 50 de 100
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

BOJA

ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS

página 6198/39

ANEXO II: Régimen de incompatibilidades entre las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los
Compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión señaladas en el apartado 5.3. del Plan
Estratégico de la PAC, en virtud del artículo 70 del Reglamento (UE) núm. 2021/2115.

ANEXO III
Criterios de selección
INTERVENCIÓN 6501.2 - Compromisos agroambientales en superficies agrarias.
Compromisos de cultivos sostenibles.

Las personas solicitantes de esta operación se ordenarán en función del número
obtenido tras la aplicación de la siguiente baremación:
a) Porcentaje de superficie determinada en Red Natura 2000. Aquellos titulares
de explotaciones que tengan superficie determinada en zonas de la Red Natura 2000
obtendrán la siguiente puntuación:
a.1. Si la superficie determinada de la explotación situada en Red Natura 2000
supera el 50 por ciento: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en Red Natura 2000 frente al total de superficie determinada.
a.2. Si la superficie determinada de la explotación situada en Red Natura 2000 no
supera el 50 por ciento: El valor porcentual en tanto por uno de la superficie determinada
situada en Red Natura 2000 frente al total de superficie determinada.
b) Porcentaje de superficie determinada en zonas RAMSAR. Aquellos titulares de
explotaciones que tengan superficie determinada dentro de zonas RAMSAR obtendrán la
siguiente puntuación:
b.1. Si la superficie determinada de la explotación situada en zonas RAMSAR supera
el 50 por ciento: 3 puntos más el valor porcentual en tanto por uno de la superficie
determinada situada en zonas RAMSAR frente al total de superficie determinada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281238

Tipo de operación 1. Cultivos herbáceos de secano.