Disposiciones generales. . (2023/63-2)
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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referentes a los compromisos agroambientales, cuyo contenido mínimo se especifica en
el modelo que figura en el anexo IX de la presente orden.

A) Criterios de subvencionabilidad:
1. Los cultivos elegibles en esta operación son los siguientes: Algodón y Remolacha.
2. Disponer de una explotación agraria en sistemas de rotación que incorpore cultivos
elegibles bajo esta operación y/o cultivos COP (cereales, oleaginosas, proteaginosas),
y/o leguminosas y/o hortalizas en extensivo.
3. La persona solicitante deberá formar parte de una Agrupación de Producción
Integrada de cultivos elegibles debidamente inscrita en el Registro de Producción
Integrada de Andalucía regulado conforme el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por
el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus
transformados.
4. Las parcelas agrícolas declaradas, en la solicitud de pago, con cultivos elegibles
para esta operación deberán obtener la correspondiente certificación en producción
integrada por parte de la entidad de certificación autorizada correspondiente conforme al
artículo 7 del Decreto 245/2003, de 2 de septiembre.
B) Compromisos:
1. En los años en los que se declaren cultivos elegibles, la superficie mínima será de
0,5 has, considerando la suma total de cultivos elegibles acogidos a la operación.
2. La asistencia por parte del agricultor al menos a dos jornadas formativas
relacionadas con los compromisos agroambientales, que tendrán que realizarse dentro
de los tres primeros años del compromiso.
3. La participación en un sistema de seguimiento técnico y verificación de los
compromisos agroambientales, acreditada a través de una entidad de certificación en
producción integrada, reconocida para tal fin.
4. Enterrado de los restos del cultivo en la remolacha, y picado e incorporación de los
restos de cosecha en el suelo en el cultivo del algodón.
5. Establecimiento de una enmienda orgánica mediante un cultivo de leguminosa
como abonado verde, una vez en el período de compromiso (1/5); este compromiso se
podrá realizar en un año sobre la totalidad de la superficie comprometida o en varios
siempre que se alcance la totalidad de la superficie. Este cultivo deberá sembrarse a
lo largo del otoño, tras el cultivo de algodón y/o remolacha y deberá permanecer en el
terreno como mínimo hasta el 28 de febrero y se incorporará al suelo con una labor.
En casos que la autoridad competente lo establezca, sobre situaciones reconocidas
oficialmente, se podrán hacer excepciones.
C) Compromiso voluntario:
Asimismo se establece el siguiente compromiso voluntario subvencionable sólo para
las explotaciones de menos de 15 ha comprometidas, y adicional a los anteriores.
Establecimiento de una enmienda natural mediante un cultivo de crucífera para su
enterrado en verde, una vez en el período de compromiso (1/5); este compromiso se
podrá realizar en un año sobre la totalidad de la superficie comprometida o en varios
siempre que se alcance la totalidad de la superficie. Este cultivo deberá sembrarse a
lo largo del otoño, tras el cultivo de algodón y/o remolacha y deberá permanecer en
el terreno hasta el 28 de febrero y se incorporará al suelo con una labor. No se podrá
establecer, en la misma superficie, en la misma campaña agrícola que el abono verde
con leguminosa. En casos que la autoridad competente lo establezca, sobre situaciones
reconocidas oficialmente, se podrán hacer excepciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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OPERACIÓN 6501.2.3 CULTIVOS INDUSTRIALES. ALGODÓN Y REMOLACHA
COMPROMISOS OBLIGATORIOS Y OPERACIÓN 6501.2.4 DE CULTIVOS INDUSTRIALES.
ALGODÓN Y REMOLACHA COMPROMISOS VOLUNTARIOS.