Disposiciones generales. . (2023/63-2)
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
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Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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15 de junio de 2023. En el caso de las personas solicitantes de la operación 6501.2.3.
Cultivos industriales. Algodón y remolacha. Compromisos obligatorios y 6501.2.4. Cultivos
industriales. Algodón y remolacha. Compromisos voluntarios. y 6501.5.1. Protección de la
avifauna, que durante el año 2023 se encuentren llevando a cabo rotaciones de cultivos
elegibles, deberán igualmente aparecer como productores de un operador API de alguno
de dichos cultivos indicando en su solicitud de inscripción o modificación al registro de
Producción Integrada de Andalucía al estado «en rotación».
2. A fin de resolver la participación en el régimen de ayudas regulado en la presente
orden para las operaciones 6503.1. Conversión a prácticas y métodos de agricultura y
ganadería ecológica y 6503.2 Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura y
ganadería ecológica, el criterio de subvencionabilidad relativo a que la persona solicitante
deberá formar parte de un organismo de control autorizado para la producción ecológica
en Andalucía en virtud del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los
productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 834/2007
del Consejo, se entenderá cumplido, cuando el citado organismo de control para la
producción ecológica se encuentre inscrito o haya solicitado su inscripción hasta el 15
de junio de 2023. A fin de resolver la participación en el régimen de ayudas regulado en
la presente orden, los requisitos establecidos en el Anexo I de esta orden, relativos al
criterio de subvencionalidad 1 y 2, relativos a que la persona solicitante de la ayuda esté
inscrito en SIPEA a través de un organismo de control autorizado para la producción
ecológica de Andalucía serán exigidos respecto a la fecha de 15 de junio de 2023.
A efectos de la determinación del número de colmenas comprometidas para el año
2023, sobre las que deberá realizar los compromisos a los que se refiere el Anexo I de
las operaciones 6503.1. Conversión a prácticas y métodos de agricultura y ganadería
ecológica y 6503.2 Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura y ganadería
ecológica, actuación en el sector de la apicultura, durante el periodo de compromisos, el
plazo establecido en el artículo 7.1. apartado c, relativo a que las unidades comprometidas
son las colmenas determinadas registradas en SIGGAN y sobre las que se cumplan las
condiciones de subvencionabilidad citadas en el Anexo I de esta orden, este será a 15 de
junio de 2023.
3. A fin de resolver la participación en el régimen ayudas regulado en la presente
orden para la operación 6501.4 Apicultura para la biodiversidad, el criterio de selección
de estar inscrito de la persona solicitante en SIPEA como operador ecológico autorizado
para la producción ecológica en Andalucía en virtud del Reglamento (UE) 2018/848 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018, establecido en el Anexo III,
será exigido a 15 de junio de 2023.
4. El requisito relativo a la inscripción de las explotaciones en el Registro de
Explotaciones Ganaderas de Andalucía con relación a las operaciones 6501.4 Apicultura
para la biodiversidad y las operaciones 6503.1. Conversión a prácticas y métodos de
agricultura y ganadería ecológica y 6503.2 Mantenimiento de prácticas y métodos de
agricultura y ganadería ecológica, actuaciones estas dos correspondientes al sector de
la apicultura, será exigido respecto a la fecha de 15 de junio de 2023. Asimismo, las
colmenas y UGM comprometidas serán las registradas en SIGGAN a igual fecha, no
obstante se permitirá que el solicitante de las ayudas pueda reducir el censo de colmenas
a comprometer en base a la situación real de su explotación, en el plazo del 15 al 30 de
junio de 2023, a través de la aplicación informática de gestión de estas ayudas.
5. En relación a la operación 6501.4 Apicultura para la biodiversidad, la persona
solicitante deberá declarar en el Punto de Información y Gestión al Ganadero (PIGGAN),
las coordenadas UTM (sistema de referencia ETRS89) correspondientes a cada uno de
los asentamientos que figuren anotados en el Libro de Registro de la Explotación Apícola
a fecha del último día del mes de marzo de 2023, como cumplimiento del compromiso
de la obligación de identificar con coordenadas UTM el asentamiento de cada colmenar
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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