3. Otras disposiciones. . (2023/62-100)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Energía, por la que se deniega la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica que se cita, y a efectos de la solicitud de Autorización Ambiental Unificada.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 62 - Viernes, 31 de marzo de 2023

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plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el
expediente de referencia».
Dicho escrito fue trasladado al peticionario en fecha 4 de octubre de 2022, obteniendo
respuesta del mismo que fue trasladada a dicho organismo con fecha 19 de diciembre
de 2022, concediéndole quince días para formular las consideraciones oportunas, no
habiéndose recibido respuesta a fecha del presente informe, por lo que se entiende la
conformidad del Servicio Vías y Obras de la Diputación Provincial de Cádiz.
Cuarto. Con fecha de 18 de enero de 2023, la Delegación en Cádiz con competencias
en medio ambiente, en aplicación de los dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010,
emite informe de carácter vinculante desfavorable de Autorización Ambiental Unificada
(AAU/CA/072/21), por evaluación ambiental desfavorable motivada en la afección que
se daría en el medio natural dado que no se han analizado adecuadamente los efectos
sinérgicos con otros proyectos actualmente en trámite en la misma zona y que la
ejecución del mismo supondría un impacto relevante sobre especies de fauna amenazada
y de interés que no se verá suficientemente corregido ni compensado por las medidas
incluidas en el Plan de Actuaciones de Conservación de la Biodiversidad propuesto.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Secretaría General es competente para dictar la presente resolución,
según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado
por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio,
por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de
energía renovables, cogeneración y residuos, y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, en relación con su anexo primero, así como en el
artículo 30 del Decreto 356/2010, la actuación objeto de la presente resolución está
sometida al requisito de informe vinculante sobre autorización ambiental unificada, el
cual se resolvió desfavorablemente con fecha de 18 de enero de 2023. Su texto íntegro
se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería
competente en materia de Medio Ambiente, en el siguiente enlace:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

RESU ELV E
Primero. No conceder a favor de Generacion Eolicosolar 2, S.L. (B88077342),
autorización administrativa previa y de construcción para la instalación de generación
de energía eléctrica denominada «PSF Sancho y sus instalaciones relacionadas para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281086

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Secretaría General de Energía de la Junta
de Andalucía, a propuesta del Servicio de Energía, emite el siguiente