Disposiciones generales. . (2023/62-3)
Orden de 14 de marzo de 2023, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas previstas en la Orden de 3 de septiembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la pesca en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en la línea de ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros y en equipos individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Viernes, 31 de marzo de 2023

página 5994/2

RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2023 las ayudas previstas en la Orden de 3 de septiembre
de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas,
en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la pesca en
Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca
(2014-2020), en la línea de ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros
y en equipos individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las
condiciones de trabajo de los pescadores, en la cuantía total máxima que se especifica y
con cargo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican.
2. Línea de ayuda que se convoca:
Líneas de ayuda

Cuantía
máxima (€)

Partidas presupuestarias

2023
Medidas de higiene, salud,
1400120000G/71P/77300/00_G1312144G6_2016000367
seguridad y condiciones de trabajo

90.000,00

TOTAL

90.000,00

Segundo. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. Las solicitudes de ayudas se presentarán ajustándose al modelo de formulario que
figura como Anexo I adjunto a esta convocatoria y que podrá obtenerse a través de los
siguientes medios:
a) Las personas o entidades obligadas a relacionarse electrónicamente con la
Administración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
podrán encontrar el formulario de solicitud que figura como Anexo I en el enlace del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281033

Además del crédito disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá
contar con una cuantía adicional de 300.000 euros, cuya aplicación a la concesión no
requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima
indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia
de un aumento de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o
una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
La declaración del aumento de crédito se publicará por quien lleva a cabo la presente
convocatoria y por el mismo medio de ésta, sin que tal publicidad lleve aparejada
la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes ni el inicio de un nuevo
cómputo de plazo para adoptar y publicar la resolución correspondiente.
No obstante lo anterior, en el caso de que se produzca tras dictar la resolución de
concesión un eventual aumento de crédito máximo disponible para esta convocatoria y
sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución
complementaria a la concesión de la subvención, incorporando en esta resolución
complementaria a los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener
la consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse
agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía.
3. La información asociada al procedimiento de estas ayudas está disponible en el
código de procedimiento 9474, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/9474.html