Disposiciones generales. . (2023/61-3)
Orden de 16 de marzo de 2023, por la que se convocan para el año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota que faena en el caladero nacional del Mediterráneo en la modalidad de arrastre de fondo, que ha tenido lugar durante el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023

página 5891/3

Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en la cuantía total
máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se
indican:
Línea de ayuda
Ayuda a la parada temporal por reducción del
esfuerzo pesquero de la flota con puerto base en
Andalucía de la modalidad de arrastre de fondo
que faena en el caladero Mediterráneo.
TOTAL DISPONIBLE 2023

Partidas presupuestarias

Cuantía máxima (€)

1400120000/G/71P/47300/00/G2311145G6
1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6

Armadores:1.400.000,00
Armadores:10.000,00

1400120000/G/71P/48300/00/G2311145G6
1400120000/G/71P/48300/00/G4130204A6

Tripulantes:600.000,00
Tripulantes:10.000,00
2.020.000,00

Segundo. Segundo. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. Las solicitudes de ayudas se presentarán ajustándose al modelo de formulario que
figura como Anexo I, adjunto a esta convocatoria y que podrá obtenerse a través de los
siguientes medios:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280928

2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 2.020.000,00 euros,
no pudiendo superarse la citada cuantía.
Los créditos que subvencionan las paradas temporales de la actividad pesquera con
cargo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) están cofinanciados en un 50% con
fondos procedentes del FEMP y el otro 50% con fondos procedentes de la Administración
General del Estado.
Los créditos que subvencionan las paradas temporales de la actividad pesquera con
cargo al Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) están cofinanciados
en un 70% con fondos procedentes del FEMPA y el otro 30% con fondos procedentes de
la Administración General del Estado.
En el caso de que se produzca un eventual aumento de crédito máximo disponible
para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá
dictar una resolución de concesión de la subvención, incorporando en esta resolución a
los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de
persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito
consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de
los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía.
3. La paralización temporal de la actividad pesquera que corresponda a cada buque
como consecuencia de la reducción del esfuerzo pesquero podrá realizarse desde el 1
de enero al 31 de diciembre de 2022, ambos inclusive, por periodos mínimos de parada
de 10 días consecutivos.
4. En el Anexo III adjunto a la presente orden de convocatoria se recogen los días
máximos subvencionables establecidos en la Resolución de 25 de febrero de 2022, por
la que se publica el listado de días máximos subvencionables por reducción de esfuerzo
pesquero para el año 2022, asignados por buque de arrastre de fondo del Mediterráneo,
en el marco del Plan Plurianual del Mediterráneo así como el baremo a aplicar a cada
buque pesquero, a los efectos del cálculo del importe de la ayuda.
5. Aquellos armadores y tripulantes que no puedan cobrar todos días subvencionables
de la parada realizada con cargo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) por
sobrepasar con ello el máximo de días subvencionables con este fondo, así como en el
caso de agotar el crédito convocado de FEMP, se les subvencionará la parada con cargo
al Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
6. La información asociada al procedimiento de estas ayudas está disponible en el
código de procedimiento 25063, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25063.html