5. Anuncios. . (2023/60-98)
Anuncio de 22 de marzo de 2023, del Ayuntamiento de Chucena, de bases de la convocatoria para una plaza de policía local. (PP. 1353/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 60 - Miércoles, 29 de marzo de 2023

página 5556/7

10. Presentación de documentos.
10.1. Los/as aspirantes que hubieran aprobado la primera fase del proceso selectivo,
presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la
publicación de la relación de aprobados/as, los siguientes documentos:
a) Copia compulsada de la titulación académica a que se refiere la base 3.1 de la
presente convocatoria. Los/as opositores/as que aleguen estudios equivalentes a los
específicamente señalados en dicha Base habrán de citar la disposición legal en que se
reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en
tal sentido.
b) Declaración de no haber sido condenado/a por delito doloso ni separado del
servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse
inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que
el Decreto 201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación de beneficio de la
rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.
c) Declaración del compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea
preceptivo.
d) Declaración del compromiso de conducir vehículos policiales.
e) Fotocopia compulsada de los permisos de conducción de las clases A2 y BTP.
10.2. Quienes sean funcionarios/as públicos estarán exentos/as de acreditar
documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280608

9. Relación de aprobados de la fase de oposición.
Una vez terminada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de
aprobados/as por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar
de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento
propuesta de los/as aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo.
Las personas aspirantes podrán formular alegaciones a la misma en el plazo de cinco
días hábiles desde el día siguiente a la publicación. La resolución de estas reclamaciones
se hará pública, tras lo que el Tribunal propondrá al Alcalde para su nombramiento como
personal funcionario/a de carrera a tantas personas aspirantes como número de plazas
convocadas, en razón de las puntuaciones obtenidas.
Las personas aspirantes que obtengan plaza, sólo podrán renunciar a las mismas
antes de finalizar el plazo de toma de posesión, siempre que hubiesen obtenido plaza en
otra convocatoria pública en la que se estuviesen participando y opten por esta última,
debiendo comunicar esta circunstancia al Ayuntamiento de Chucena.
En el supuesto, así como en el caso de que la persona aspirante propuesta no reúna
los requisitos de participación, el Tribunal Calificador, a instancias del Ayuntamiento,
podrá realizar una segunda propuesta.
Para tomar posesión de la plaza obtenida, en el caso de que la persona aspirante
estuviese participando en otras convocatorias, ésta deberá acompañar acreditación de
haber comunicado la obtención de la plaza y la decisión de tomar posesión de la misma
a los respectivos Ayuntamientos. Dicha comunicación producirá la baja automática de
la persona aspirante en los procesos selectivos por el sistema de movilidad en que
estuviese participando.
Las personas aspirantes propuestas serán nombradas por la Alcaldía, como personal
funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Chucena, debiendo tomar posesión
en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento, salvo que el
Ayuntamiento de origen haya diferido el cese, de acuerdo con lo preceptuado en el
artículo 26 bis de Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto
201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los
funcionarios/as de los Cuerpos de la Policía Local, circunstancia que ha de comunicar al
Ayuntamiento de destino.