Autoridades y personal. . (2023/58-31)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, mediante turno de promoción interna, en la escala Administrativa de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Lunes, 27 de marzo de 2023

página 5541/5

que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda
establecida en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre Indemnizaciones por razón de servicio, aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.

7. Resultados.
7.1. Tras la realización del ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del
área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la relación
provisional de calificaciones del ejercicio. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280593

6. Desarrollo del ejercicio.
6.1. El ejercicio no se celebrará antes del 1 de julio de 2023. La fecha, lugar y hora de
celebración del mismo se hará pública en la página web del área de Personal
(https://personal.uca.es/convocatoria-pas)
junto con el listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as.
6.2. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del
Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para el ejercicio en único llamamiento,
siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de
los mismos se iniciará, según la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de
Estado de Función Pública, por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por
la letra «U», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado
de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra «U», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo
primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente.
6.4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión
al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes
o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
6.6. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.