Disposiciones generales. . (2023/57-7)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se crea y se ordena la puesta en funcionamiento del canal externo de información (Canal de Denuncias).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023

página 5503/3

2. Su mantenimiento y evolución tecnológica corresponde a la Oficina Andaluza
contra el Fraude y la Corrupción.
3. La gestión de sus contenidos y funcionalidades corresponde a la subdirección de
la Oficina competente en materia de protección del denunciante y gestión del canal de
denuncias, conforme a lo previsto en el artículo 29.b) de la Ley 2/2021, de 18 de junio.
Sexto. Contenidos y servicios del Canal de Denuncias.
El Canal de Denuncias de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción
dispondrá de los siguientes contenidos y servicios:
- Denuncia con solicitud de medida de protección. En este caso, la persona
denunciante deberá identificarse con sus datos personales de contacto.
- Denuncia sin solicitud de medida de protección. En este caso, la persona denunciante
puede optar por identificarse o por presentar una denuncia anónima.
- Seguimiento de denuncias. Permitirá a la persona denunciante consultar el estado
de tramitación de una denuncia o aportar más información sobre una denuncia ya
presentada, incluso en el caso de haber presentado la denuncia de forma anónima, ya
que se facilitará a toda denuncia presentada un código numérico único para el acceso o
seguimiento posterior.
Séptimo. Eficacia y puesta en funcionamiento del Canal de Denuncias.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00280553

Sevilla, 20 de marzo de 2023.- El Director, Ricardo V. Puyol Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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