Disposiciones generales. . (2023/57-5)
Orden de 10 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la modernización de las instalaciones de los centros de tecnificación deportiva de la Comunidad Autónoma de Andalucía, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), Componente 26, Inversión 2, y se efectúa su convocatoria.
54 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023

página 5301/3

Las beneficiarias de esta línea de financiación son las Comunidades Autónomas,
si bien las destinatarias finales serán las entidades públicas o privadas, titulares de los
Centros de Tecnificación Deportiva de la Comunidad Autónoma. Cuando las destinatarias
finales de los fondos sean entidades jurídicas privadas, será de aplicación la normativa
comunitaria en materia de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Las entidades beneficiarias finales de los fondos, así como las empresas contratistas
y subcontratistas, en su caso, evitarán conflictos de intereses, fraude y corrupción, de
acuerdo con lo dispuesto en el Plan de medidas antifraude establecido por la Consejería
de Turismo, Cultura y Deporte, y se garantizará la no concurrencia de doble financiación
y el cumplimiento de la normativa en materia de ayudas de Estado. La actuación que
llevará a cabo la modernización de las infraestructuras deportivas en los Centros de Alto
Rendimiento y Red de Centros no constituye ayuda de Estado en los términos previstos
en los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, pues su
concesión no falsea ni amenaza falsear la competencia, favoreciendo a determinadas
empresas o producciones.
En este sentido, se toma como base tanto el Plan de Medidas Antifraude para la
gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de fecha 27
de abril de 2022, como el Acuerdo de 27 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno,
por el que se aprueba el Plan de Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ambos documentos constan en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/
planes.html?text=antifraude&sort_by=search_api_relevance&items_per_page=10
En todo caso deberán establecerse mecanismos que aseguren que las medidas a
desarrollar por las entidades beneficiarias finales contribuyen al logro de los objetivos
previstos y que aportan la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar
el valor de los indicadores.
Conforme a la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) relativa a la aprobación
de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (PRTR), de 13 de
julio de 2021, el proyecto C26.I02.P2: «Modernización de las instalaciones deportivas.
Plan Energía Deporte 2.0.» tiene reconocido un único objetivo CID: el objetivo CID 373
«Renovación y mejora de centros técnicos para el deporte e instalaciones deportivas».
La distribución territorial del gasto destinada a la Comunidad Autónoma de Andalucía
contribuye parcialmente a la consecución del mismo. Gracias a las actuaciones que
se realicen, las instalaciones deportivas acogidas a este proyecto se habrán renovado,
habrán mejorado su eficiencia energética o se habrá optimizado su uso mediante la
digitalización o la mejora de la accesibilidad, con el fin último de garantizar el derecho de
la ciudadanía a practicar libre y voluntariamente el deporte en condiciones de igualdad,
calidad y seguridad.
La inversión de la Comunidad Autónoma se ajustará por tanto a los siguientes términos:
• Las inversiones estarán destinadas preferentemente a la Red andaluza de Centros
de Tecnificación Deportiva de titularidad tanto como pública como privada.
• Las inversiones estarán dedicadas a la renovación de las instalaciones deportivas
mejorando su eficiencia energética, optimizando su uso mediante la digitalización o la
mejora de la accesibilidad. Se proyectan diversas actuaciones destinadas a la sustitución
de las energías actuales que emplean en su funcionamiento por otras con 0 emisiones
contaminantes, que denominaremos ENERGÍA PARA EL DEPORTE, y la renovación
de equipos para la obtención del máximo rendimiento energético de cada uno de los
sistemas de que disponen.
• Los proyectos de inversión respetarán las condiciones del etiquetado climático
y digital. Las intervenciones en materia de eficiencia energética deberán lograr por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280352

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía