Disposiciones generales. . (2023/57-5)
Orden de 10 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la modernización de las instalaciones de los centros de tecnificación deportiva de la Comunidad Autónoma de Andalucía, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), Componente 26, Inversión 2, y se efectúa su convocatoria.
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Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023

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Además, la entidad beneficiaria debe conceder el acceso a la información contenida
en el Registro de Titularidades Reales y la cesión de información al Sistema de Fondos
Europeos (también desde la Base de Datos Nacional de Subvenciones, BDNS, y otros
sistemas), a efectos de cumplir con lo previsto en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 7.3 de la Orden HFP/55/2023, de
24 de enero, se habilita a los órganos de concesión de subvenciones a solicitar a los
participantes en los procedimientos, la información de su titularidad real, siempre que la
Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) no disponga de la información de
titularidades reales de la empresa objeto de consulta y así se haya indicado mediante la
correspondiente bandera negra. Esta información deberá aportarse en el plazo de cinco
días hábiles desde que se formule la solicitud de información. La falta de entrega de
dicha información en el plazo señalado será motivo de exclusión del procedimiento.
g) Las entidades beneficiarias cumplirán las obligaciones establecidas en el artículo
22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, y su normativa de desarrollo, en relación con la protección de los
intereses financieros de la Unión. Toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la
ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude»
que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los
fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, y
se dispone, por tanto, de medidas concretas para la prevención, detección y corrección
del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. Por parte de quienes participen
en el procedimiento de contratación de las actuaciones subvencionadas, será obligatoria
la cumplimentación de una Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI)
(Modelo anexo IV.A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
h) Las entidades beneficiarias de las inversiones estarán obligadas a crear en España
todo el empleo necesario para la realización de la actividad, que se realizará con personal
contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento de
este requisito tendrá que justificarse documentalmente.
i) Conforme al artículo 34.2 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, las entidades beneficiarias darán la adecuada
publicidad, promoción e información del origen de la financiación de las actuaciones que
sean objeto de subvención, conforme a lo establecido en la base vigesimosexta. Las
entidades beneficiarias deben asumir la responsabilidad de publicitar, comunicar y difundir
los proyectos cofinanciados y el origen de la financiación de las actuaciones que sean
objeto de subvención. La referida publicidad se hará constar mediante la colocación de un
cartel o una lona en obra con el emblema de la Unión y una declaración de financiación
adecuada que indique «financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU», además
del emblema de la Comunidad Autónoma.
También harán constar la participación de las distintas instituciones intervinientes en
la financiación de las actuaciones subvencionadas en cuanta información pública se edite
por cualquier medio, incluidos los medios electrónicos.
Lo dispuesto en los párrafos anteriores será asimismo aplicable a la documentación
resultante de la ejecución de las actuaciones subvencionadas y de la justificación y
control de los fondos recibidos por las entidades beneficiarias, así como cualesquiera
otras dirigidas a las entidades beneficiarias del Plan deberán expresar que estas están
financiadas con cargo a fondos NextGenerationEU.
Asimismo, se establece la obligación de instalar placas o identificativos en el exterior
de los edificios en las cuales se incluyan la referencia a la financiación con cargo a
fondos de la UE. En particular, la referida información constará en los carteles exteriores
descriptivos de las obras, en los que figurará, además, el importe de la financiación
aportada, con una tipografía y tamaño igual a los empleados para referirse a la
participación de la Comunidad Autónoma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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