3. Otras disposiciones. . (2023/55-46)
Resolución de 13 de marzo de 2023 de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y el Ayuntamiento de Vélez-Málaga, para la implementación de la subvención directa recibida por la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 672/2022, de 1 de agosto, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para promover y fomentar una mejor atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Miércoles, 22 de marzo de 2023

página 5241/2

A NE XO
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD,
FAMILIAS E IGUALDAD Y EL AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA PARA
LA IMPLEMENTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN DIRECTA RECIBIDA POR LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA EN APLICACIÓN DEL REAL DECRETO
672/2022, DE 1 DE AGOSTO, DEL MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD
SOCIAL Y MIGRACIONES, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA
DE SUBVENCIONES A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA PROMOVER
Y FOMENTAR UNA MEJOR ATENCIÓN DE LAS NECESIDADES BÁSICAS DE
LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DEL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN TEMPORAL
AFECTADAS POR EL CONFLICTO EN UCRANIA QUE CAREZCAN DE RECURSOS
ECONÓMICOS SUFICIENTES

REUNIDOS
De una parte, doña María Dolores López Gabarro, titular de la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía, en nombre y
representación de esta, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.2.i) de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 1.h) del Decreto
161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
De otra parte, don Antonio Moreno Ferrer , Alcalde de Vélez-Málaga en función de las
facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente Convenio y, a tal efecto:

Primero. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, corresponden a la Comunidad Autónoma las políticas de
integración y participación social, económica y cultural de los inmigrantes, en el marco de
sus competencias.
En virtud de lo establecido en el artículo 1.h) del Decreto 161/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad, es competencia de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad la coordinación de las políticas migratorias.
En el informe mensual del mes de diciembre de 2022, remitido por la Secretaría de
Estado de Migraciones a las Comunidades Autónomas, se ofrecen datos actualizados a
19 de diciembre de 2022 relativos a las personas desplazadas por la guerra en Ucrania
en el que cifran que en Andalucía se encuentran 21.808 personas que han solicitado
protección temporal.
En este contexto, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado
el Real Decreto 672/2022, de 1 de agosto, por el que se regula la concesión directa de
subvenciones a las comunidades autónomas para promover y fomentar una mejor atención
de las necesidades básicas de las personas beneficiarias del régimen de protección
temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos
suficientes, estableciendo una subvención a la Comunidad Autónoma de Andalucía de tres
millones, quinientos diecisiete mil, ciento cuarenta euros (3.517.140 euros).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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