Autoridades y personal. . (2023/54-48)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2021, y se aprueba el programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Martes, 21 de marzo de 2023

página 5115/6

Sexta. Comisión de selección.
1. La comisión de selección del proceso selectivo figura en el anexo I que acompaña
a la presente resolución. Estará compuesta por cinco miembros titulares y por el mismo
número de suplentes, todos ellos personal funcionario de carrera con titulación académica
igual o superior a la exigida a las personas candidatas, pudiendo actuar indistintamente
cualquiera de ellos.
Corresponde a la comisión de selección el desarrollo y la calificación del proceso
selectivo, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que
pudieran surgir en la realización de los ejercicios, debiendo adoptar al respecto las
decisiones motivadas que estime pertinentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280168

Quinta. Admisión de aspirantes.
1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección
del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación, dictará resolución
declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, así
como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía y las listas certificadas se expondrán en los lugares establecidos
en la base primera, apartado 3.
2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de
las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles
contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución anteriormente
aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
La presentación de las alegaciones se realizará de manera electrónica accediendo a
la dirección web del empleado público de Andalucía
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico)
en la sección «Procesos selectivos»>«Acceso funcionarios»>«Oferta Pública 2019-20-21»
o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/librealegaciones.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en
el proceso selectivo.
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la persona titular de
la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación, dictará
resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, declarando
aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, que se expondrán en
los lugares establecidos en la base primera, apartado 3. Asimismo, en dicha resolución
se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las
personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas
provisionales, y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho alegaciones.
4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección del
Instituto Andaluz de Administración Pública, en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación,
ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.