Autoridades y personal. . (2023/54-48)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2021, y se aprueba el programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas.
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Número 54 - Martes, 21 de marzo de 2023

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de plazas que personas aspirantes hayan sido seleccionadas. La oferta de vacantes se
anunciará en el BOJA.
2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles a contar
desde que se publique la oferta de vacantes para presentar la petición de destino a la
vista de las vacantes ofertadas, conforme al modelo que se publicará en el anuncio en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha oferta de vacantes y la documentación
que se detalla en el apartado 4 de la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona
titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, salvo cuando las
circunstancias del proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su
gestión, el trámite de oferta de vacantes, presentación de la documentación preceptiva
y petición de destinos, podrán sustituirse por un acto único mediante comparecencias
de las personas seleccionadas, bien presenciales, bien telemáticas, incluyendo las
audioconferencias y las videoconferencias, garantizando en todas ellas la verificación de
la identidad de las personas que participen en dicho acto único.
3. Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, las peticiones de destino se
realizarán de manera exclusivamente electrónica, conforme a lo dispuesto en el apartado
1, artículo único, del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, a través del Registro
Electrónico Único de la Junta de Andalucía, al que se podrá acceder desde la página web
del empleado público de Andalucía (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico),
conforme al procedimiento que se detallará en la resolución citada en el apartado 1 de la
presente base.
4. La petición de destinos, conforme al modelo que se incluya en la publicación en
BOJA de la resolución de oferta de vacantes citada en el apartado 1 de esta base, deberá
ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor siempre que
la persona aspirante no se oponga a la consulta por parte de la Dirección General de
Recursos Humanos y Función Pública.
b) Copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia
del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos
Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional en el caso de títulos Universitarios oficiales o bien certificado obtenido en
la misma Sede Electrónica en el caso de títulos no universitarios oficiales. Asimismo se
podrá adjuntar copia electrónica auténtica de la certificación supletoria provisional que
dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de
títulos universitarios oficiales.
c) Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario y no poseer la condición de
personal funcionario del cuerpo convocado, conforme al modelo que se incluya en la
publicación en BOJA de la resolución de oferta de vacantes.
d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas habituales del Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de
Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020).
e) En el caso de aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado, expedido
por la consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía, o en su caso
del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad para el
desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y opción a que se aspira.
Cuando deba ser expedido por el órgano competente de la Junta de Andalucía, no
resultará necesaria su incorporación, siempre que la persona aspirante no se oponga a
la consulta por parte de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.
En caso contrario o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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