Disposiciones generales. . (2023/54-2)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a las familias para fomentar la escolarización de menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al programa de ayuda para el curso 2023-2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Martes, 21 de marzo de 2023

página 5103/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Dirección General de la Agencia
Pública Andaluza de Educación, por la que se convocan, en régimen de
concurrencia competitiva, ayudas a las familias para fomentar la escolarización
de menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación
infantil adheridos al programa de ayuda para el curso 2023-2024.
El Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la
escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía (BOJA extraordinario
núm. 1, de 29 de marzo), aprueba las bases reguladoras del «Programa de ayuda a las
familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en
Andalucía», en adelante Programa de ayuda, que tiene por objeto la concesión de ayudas
a las familias para fomentar la escolarización del alumnado menor de 3 años en centros
educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos a dicho programa, mediante la
bonificación del precio de los servicios de atención socioeducativa y de comedor escolar,
determinados en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros
que imparten el primer ciclo de la educación infantil.
El Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de
la Agencia Pública Andaluza de Educación, establece en el artículo 1 que la Agencia
Pública Andaluza de Educación es una agencia pública empresarial de las previstas
en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía y que goza de personalidad jurídica pública diferenciada y plena
capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, patrimonio y tesorería
propios, así como autonomía de gestión en los términos previstos en la Ley 9/2007, de
22 de octubre, quedando adscrita a la Consejería competente en materia de educación.
Constituyendo, según el artículo 2 del citado decreto, los fines generales de la Agencia,
como entidad instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía, en el marco de
la planificación y la dirección de la Consejería competente en materia de educación, la
gestión de las infraestructuras educativas y servicios complementarios de la enseñanza,
cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma, así como la promoción de la
oferta de plazas del primer ciclo de educación infantil en el ámbito de dicha Comunidad.
Según lo dispuesto en las bases reguladoras del Programa de ayuda y, de conformidad
con el artículo 15.l) del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los
Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, la convocatoria del mismo se
efectuará por la persona titular de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza
de Educación, correspondiéndole además a ésta la instrucción, evaluación y resolución
de dicha convocatoria.
En virtud de lo anterior,

Primero. Convocatoria.
1. Se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas a las familias para fomentar
la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos
de primer ciclo de educación infantil adheridos al programa de ayuda, mediante la
bonificación del precio de los servicios de atención socioeducativa y de comedor escolar
determinados en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, para el curso 2023-2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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