5. Anuncios. . (2023/54-82)
Anuncio de 15 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Cádiz, por el que se da publicidad al Convenio suscrito entre la Consejería de Salud y Consumo y el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera sobre encomienda de gestión de actividades relacionadas con la tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Martes, 21 de marzo de 2023

página 5099/6

El procedimiento para el abono de esta cantidad se llevará a cabo a través del
modelo de autoliquidación 046 que incluye un ejemplar a aportar a la Administración tras
el abono.

Octava. Causas de resolución.
Serán causas de resolución del presente convenio de encomienda de gestión:
1. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
2. El mutuo acuerdo de las partes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280156

Séptima. Comisión Mixta de Seguimiento.
Con el fin de articular el seguimiento de la ejecución de las actividades previstas en el
presente Convenio de Encomienda de Gestión y proceder a su interpretación, se creará
en el plazo de 3 meses desde la firma del presente convenio, una Comisión Mixta de
Seguimiento, cuyo ámbito territorial será provincial.
Dicha Comisión Mixta estará integrada por los representantes de la Junta de
Andalucía y por el de la Administración Municipal que haya suscrito el convenio de
encomienda de gestión correspondiente, con la siguiente composición:
a) Por parte de la Junta de Andalucía:
- El/La Delegado/a Territorial con competencias en materia de salud de la provincia
donde radique el municipio, quien ostentará la Presidencia, o persona en quien delegue.
- El/La Secretario/a General de dicha Delegación Territorial.
- Un/a funcionario/a de la Delegación Territorial con competencias en materia de
salud designado por su titular.
b) Por parte de los municipios:
- Los Alcaldes/Las Alcaldesas de los Ayuntamientos cuyos municipios pertenezcan al
ámbito territorial de un mismo Distrito Sanitario, o personas en quienes deleguen.
- Los/Las Secretarios/as o Secretarios/as-lnterventores/as del Ayuntamiento Arcos de
la Frontera , o personas en quienes se delegue.
Ocupará el cargo de la Secretaría de la Comisión un miembro de la misma con voz
y voto y con titulación de Licenciatura en Derecho. En su defecto, un funcionario con
la titulación de Licenciatura en Derecho que preste servicio en la referida Delegación
Territorial con voz pero sin voto.
El régimen de funcionamiento y organización de la Comisión mixta de Seguimiento
será el previsto para los órganos colegiados en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
La Comisión de Seguimiento se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al
año. Con independencia de ello, se reconoce a ambas partes la facultad de instar la
convocatoria extraordinaria de una reunión de la Comisión de Seguimiento.
En general, corresponde a la Comisión mixta de Seguimiento:
1. Velar por el cumplimiento y seguimiento de cuanto queda establecido en el presente
Convenio incluyendo el seguimiento periódico relativo al abono de la compensación
económica establecida en la cláusula sexta.
2. Proponer a las partes firmantes cuantas medidas complementarias se estimen
necesarias para el mejor cumplimiento de los fines previstos.
3. Coordinar las actuaciones necesarias para la ejecución del presente convenio
incluyendo las relativas al abono de la compensación económica establecida en la
cláusula sexta, las cuales se revisarán de forma periódica.
4. Informar sobre la interpretación, seguimiento y prorroga del presente convenio.
5. Resolver cuantas circunstancias e incidencias se produzcan como consecuencia
de la interpretación y ejecución del presente convenio.