Disposiciones generales. . (2023/53-1)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las escuelas-hogar, para facilitar la escolarización del alumnado cuyas situaciones personales o familiares aconsejen su acogida en régimen de familia sustitutoria, para el curso escolar 2023/24.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Planificación,
Centros y Enseñanza Concertada, por la que se efectúa la convocatoria de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las escuelas-hogar,
para facilitar la escolarización del alumnado cuyas situaciones personales o
familiares aconsejen su acogida en régimen de familia sustitutoria, para el curso
escolar 2023/24.
Mediante Orden de la Consejería de Educación y Deporte, de 2 de abril de 2020, se
aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva a las escuelas-hogar.
La disposición adicional primera de la citada orden delega en la persona titular de
la Dirección General competente en materia de planificación y centros la competencia
para efectuar, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, la convocatoria de las subvenciones reguladas en la misma, en la que se
determinará el plazo de presentación de solicitudes así como la cuantía total máxima de
las subvenciones.
La presentación de solicitudes se realizará de manera telemática, en los diez días
hábiles contados a partir del día siguiente al del extracto de la presente resolución en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere la disposición
adicional primera de la citada Orden de 2 de abril de 2020,
HE RESUELTO
Primero. Objeto, base reguladora y ámbito de aplicación.
Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva a las escuelashogar, para facilitar la escolarización del alumnado cuyas situaciones personales o
familiares aconsejen su acogida en régimen de familia sustitutoria para el curso escolar
2023/24.
La convocatoria de estas subvenciones se regirá por la Orden de 2 de abril de
2020, por la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de dichas
subvenciones.

Tercero. Solicitudes y órgano al que se dirige.
1. Las solicitudes de subvención se cumplimentarán de acuerdo con los formularios
que podrán descargarse de la página web de la Consejería competente en materia de
educación:
https://juntadeandalucia.es/organismos/desarrolloeducativoyformacionprofesional.html
2. Las solicitudes a las que se refiere el apartado anterior serán dirigidas a la persona
titular de la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280043

Segundo. Procedimiento de concesión.
a) El procedimiento de concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio, y se
tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva.
b) El ámbito territorial y/o funcional de competitividad será el establecido en el
apartado 2.d) del Cuadro Resumen.