Disposiciones generales. . (2023/53-3)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan las pruebas de certificación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial para el curso 2022/2023 y se establecen determinados aspectos sobre su organización.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

página 5009/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan las
pruebas de certificación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial
para el curso 2022/2023 y se establecen determinados aspectos sobre su
organización.

Por todo ello, la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y
Evaluación Educativa, en uso de las facultades establecidas el el artículo 30 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía y al amparo de las
competencias que le otorga el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280060

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula, en sus artículos 59 a 62,
las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
El Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias
mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los
niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2, de las Enseñanzas
de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de
régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este real decreto,
determina en su artículo 7.3 aspectos básicos relativos a la elaboración, diseño,
organización y evaluación de las pruebas de certificación.
Por otra parte, el Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen
los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación
oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial, regula en sus artículos 5, 6 y 7 aspectos
relativos a la elaboración de las pruebas de certificación y define la estructura de las
mismas y su evaluación.
Así mismo, el Decreto 499/2019, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación
y el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en Andalucía, dispone
en su Capítulo IV, con carácter general, todo lo concerniente a la evaluación, promoción y
certificación en estas enseñanzas.
En desarrollo de las disposiciones citadas, la Orden de 11 de noviembre de 2020, por
la que que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del
alumnado y de las pruebas de certificación en las enseñanzas de idiomas de régimen
especial en Andalucía, regula de manera más precisa, entre otros aspectos, las pruebas
de certificación para la obtención tanto del certificado de nivel Básico A2 por parte
del alumnado que se matricule en el régimen de enseñanza libre, organizadas por las
Escuelas Oficiales de Idiomas, así como aspectos concretos de los certificados de los
niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2, organizadas por
la Consejería competente en materia de educación. Estas pruebas de certificación se
relacionan con la evaluación de dominio a la que se refiere el Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas (MCERL).
En aplicación de lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, procede convocar
las pruebas de certificación, determinar ciertos aspectos relativos a las mismas y
establecer las fechas y horario de su realización para el curso 2022/2023, así como
el procedimiento por el cual todas las Escuelas Oficiales de Idiomas deberán aplicar y
evaluar de manera uniforme las pruebas comunes de los diferentes idiomas. Todo ello, de
acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución.