Disposiciones generales. . (2023/53-7)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería, por la que se declara la finalización de la disponibilidad presupuestaria del crédito reasignado mediante Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, de las Líneas 1 y 2 destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

página 5016/2

sociedades cooperativas andaluzas y sociedades laborales de Andalucía, por importe de
239.609,01€, a la mencionada Línea 1.
Cuarto. Mediante Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de
Trabajo Autónomo y Economía Social (BOJA número 213, de 7 de noviembre de 2022),
se redistribuye el crédito presupuestario de los ejercicios económicos 2021 y 2022 de
la provincia de Almería entre las distintas líneas de subvención, asignando el crédito
sobrante de la Línea 2 a la Línea 1.
Línea

Partida presupuestaria

Crédito inicial
(euros)

Crédito
sobrante/
reasignado
(euros)

Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras
por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por
cuenta propia agrarias y mutualistas. Almería

1000170063G/72C/77808/04
A1221082E1 2021001061

452.854,00

239.609,01€

Linea 2. Subvenciones dirigidas a sociedades cooperativas
andaluzas y sociedades laborales de Andalucía. Almería

1000178069G/72C/77807/04
A1221082E7 2021000976

392.739,10

-239.609,01

Quinto. Realizada la instrucción y resolución de las solicitudes, siguiendo el orden
correlativo de entrada en el registro electrónico de esta Delegación Territorial, órgano
competente para su tramitación, correspondientes a la Línea 1. Subvenciones dirigidas
a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por
cuenta propia agrarias y mutualistas, se comprueba que se ha alcanzado el límite de las
consignaciones presupuestarias reasignadas en la citada Línea mediante Resolución de
1 de diciembre de 2022, con el número de solicitud y en la fecha y hora siguientes:
Línea

SOLICITUD

FECHA
PRESENTACIÓN

HORA
PRESENTACIÓN

Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por
cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta
propia agrarias y mutualistas.

CTC-2022013513

21.1.2022

13:39:29

A los referidos antecedentes le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. El artículo 8.1 de la Orden de 15 de octubre de 2021, establece que la
concesión de las subvenciones reguladas en la presente Orden estará limitada por
las disponibilidades presupuestarias existentes en el ejercicio de cada convocatoria,
de conformidad con lo dispuesto en la letra j) del apartado 2 del artículo 119 del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280066

Primero. La competencia para resolver el presente expediente corresponde, por
delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de trabajo
autónomo, a la persona titular de la Delegación Territorial competente en dicha materia,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 16 de la Orden 15 de octubre de 2021, de
aprobación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la
competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas
trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de
economía social, en relación con el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se
regula la organización territorial de la Administración de la Junta de Andalucía.