3. Otras disposiciones. . (2023/53-47)
Orden de 14 de marzo de 2023, por la que se dispone la publicación de la Orden de 22 de agosto de 2022, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación núm. 15 del PGOU de Linares.
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Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

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- No se podrán realizar en la zona las operaciones de mantenimiento, lavado,
repostaje, etc. de la maquinaria empleada para realizar la obra. Éstas se realizarán
en lugares autorizados, o serán llevadas a cabo por gestores autorizados. Las zonas
destinadas a la limpieza y reparación de la maquinaria, zonas de aparcamientos, etc.,
deberán ubicarse alejadas de las zonas de drenaje natural.
- La maquinaria deberá estacionarse en las zonas creadas al efecto, de forma que
se evite la contaminación del suelo y se favorezca la recogida de los posibles derrames
de las máquinas. En caso de existencia de maquinaria que deba estar estacionada largo
tiempo en una misma ubicación, se pondrá un plástico debajo, con el objeto de evitar la
contaminación del suelo frente a vertidos accidentales.
- Construcción de un pequeño murete de ladrillo, bloques o similar en la zona de
ubicación de los silos de mortero, para hacer las funciones de balsa de decantación
del material que se forme por los derrames accidentales, de forma a ser retirados
periódicamente a contenedores, evitando así que lleguen al alcantarillado o contaminen
el suelo.
- En la ocasión de hormigonados con bomba, se pondrá un plástico en bajo la
confluencia de ésta y el camión hormigonera, que se retirará una vez terminado el trabajo.
- El almacenamiento de materiales ferrosos debe ser realizado en pilas sobre bases
de madera (para impedir el contacto directo con el suelo, y minimizando la migración de
elementos contaminantes hacia este).
- Asegurar la conexión de las aguas residuales domésticas producidas en los baños,
sanitarios y comedor al colector municipal. En caso de que no exista esta posibilidad,
deberán ser conectados fosas estancas.
- En el caso de la existencia de retretes portátiles:
• Asegurar la recogida periódica de las aguas residuales antes de llegar al volumen
máximo, siendo esta operación realizada con una periodicidad establecida y
acordada con la entidad local de estos equipamientos (empresa gestora);
•A
 segurar que las aguas residuales recogidas tienen un destino final adecuado,
comprobada por la existencia de una declaración de entrega de estas por la
empresa gestora.
1.1.1.2. Fauna.
- Las obras de consolidación de la Urbanización, construcciones o instalaciones
deben respetar las limitaciones establecidas en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y Biodiversidad, así como en la Ley 8/2003 de 28 de octubre, de la
Flora y la Fauna Silvestre.
- Para favorecer la alimentación de los pájaros frugívoros invernantes se promoverá
la instalación de setos de especies productoras de bayas, drupas, y otros frutos carnosos
que durante el invierno proporcionan abundante alimento a una rica avifauna de currucas,
zorzales, mirlos y otras especies.
- Tanto la rehabilitación de los edificios situados en núcleos urbanos, y con más
empeño en edificios públicos y patrimoniales de la iglesia, como para las construcciones
antiguas de cortijos y otras edificaciones situadas en suelos no urbanos e integradas con
las explotaciones agrícolas, se recomienda facilitar la cohabitación de especies como
lechuzas y cernícalos primilla. A veces esto se soluciona de forma sencilla mediante la
colocación de ciertos nidales de fácil adquisición, o abriendo oquedades en los muros y
tabiques ya existentes.
- Se promoverá el mantenimiento de cultivos agrícolas con cereales y leguminosas,
ya que desempeñan un papel fundamental para la presencia y nidificación de especies
como el aguilucho cenizo, sisón, avutarda, etc., evitando en la medida de lo posible los
cambios de cultivo.
- En el diseño de espacios libres se procurará la incorporación de muretes y rocallas
cuyas formas irregulares sirvan de refugio a reptiles y pequeña fauna.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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