3. Otras disposiciones. . (2023/53-47)
Orden de 14 de marzo de 2023, por la que se dispone la publicación de la Orden de 22 de agosto de 2022, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación núm. 15 del PGOU de Linares.
30 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

página 5036/3

Cuarto. El objeto de la innovación es la reordenación del sistema general de
comunicaciones en el ámbito del arroyo Periquito Melchor, en el tramo que discurre entre
la carretera de Baños de la Encina y la calle Debla, eliminando la duplicidad de viarios a
ambos márgenes del arroyo contemplada en el PGOU vigente, y destinando al sistema
general de espacios libres el suelo resultante de dicha reordenación.
Por otro lado, la innovación contempla el encauzamiento del arroyo al objeto de
proteger el núcleo frente a las inundaciones. Hay que señalar que aguas arriba del ámbito
de la actuación, el arroyo se encuentra entubado desde la Fuente del Pisar hasta la
carretera de Baños de la Encina; mientras que aguas abajo, desde la calle Debla hasta el
Parque de Cantarranas, el arroyo se encuentra canalizado mediante canal de hormigón.
El citado encauzamiento, cuya autorización se encuentra actualmente en tramitación ante
el órgano de cuenca competente, concluirá por tanto la propuesta de defensa del núcleo
frente a los riesgos de inundación.
Quinto. Con fecha de 8 de junio de 2022, el Servicio de Planeamiento Urbanístico de
la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió informe favorable a
la aprobación definitiva de la presente Modificación, señalando, no obstante, una serie de
subsanaciones técnicas a realizar en el documento.
Sexto. En base a dicho informe, con fecha de 9 de junio de 2022, la Dirección
General de Ordenación del Territorio y Urbanismo propuso la aprobación definitiva de la
modificación, a reserva de la simple subsanación de las deficiencias técnicas señaladas
en el informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico.
Séptimo. Al tener por objeto la modificación la alteración del uso urbanístico de
dotaciones o equipamientos, se requirió el dictamen favorable del Consejo Consultivo de
Andalucía para su aprobación definitiva, de conformidad con el artículo 36.2.c).2.ª) de la
LOUA. Con fecha de 12 de julio de 2022, el Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido
Dictamen núm. 508/2022, por el que se dictamina favorablemente el expediente tramitado.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Segundo. La persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda es el órgano competente para la aprobación definitiva de los Planes Generales
de Ordenación Urbanística, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación
estructural de los municipios identificados como ciudades principales y ciudades medias
de nivel 1 en el sistema de ciudades del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía,
de conformidad con los artículos 31.2.B.a) y 32.4 de la LOUA; en relación con el artículo
4.3.a) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, así como el artículo 10.1 del Decreto del Presidente 10/2022,
de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el artículo 1 del Decreto
160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Tercero. El expediente se tramita como Modificación del Plan General de Ordenación
Urbanística de Linares, de conformidad con los artículos 36 y 38 de la citada Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280089

Primero. De conformidad con la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1
de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, es de aplicación
al presente expediente la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de
Andalucía (LOUA).