3. Otras disposiciones. . (2023/52-42)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Contratación, por la que se da publicidad a la instrucción 2/2023 en relación con los contratos públicos financiados con fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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ECONOMÍA,
HACIENDA
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Boletín
OficialDEde
la Junta
deY FONDOS
Andalucía

Número 52 - Viernes, 17 de marzo de 2023

Dirección General de Contratación

página 4826/17

1. Concepto de hito y objetivo, criterios de seguimiento y acreditación del resultado.
2. Etiquetado verde y etiquetado digital.
3. Cumplimiento del principio DNSH.
Estos principios deben ser acreditados por parte del órgano de contratación en una memoria en la que se
explique que el contrato se va a financiar con fondos procedentes del PRTR, indicando el componente, inversión,
proyecto, subproyecto y actuación, los hitos/objetivos que se deben cumplir, así como los criterios para su
seguimiento y acreditación del resultado. Esta memoria deberá recoger la etiqueta verde así como la etiqueta
digital que, en su caso, aplicable al expediente de contratación, su porcentaje de contribución y, si los hubiera,
los mecanismos de verificación de la misma.
En cuanto al DNSH, se hará constar en la memoria justificativa las condiciones específicas para la
evaluación del principio DNSH previstas en la inversión concreta del componente, así como los mecanismos de
verificación utilizados.
4. Prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
En relación al cumplimiento de este principio, la memoria justificativa debe dejar constancia de la
obligatoria aplicación del Plan de medidas antifraude adaptado.
Además, el órgano de contratación debe adicionar al expediente el check list de verificación de medidas
antifraude aplicables en el mismo, de acuerdo con lo establecido en la instrucción Séptima.
Adicionalmente, el órgano de contratación deberá recopilar y archivar, junto con el expediente, las DACIs
de quienes participen en el mismo, en concreto la del titular de dicho órgano, quienes hayan participado en la
elaboración de los pliegos y memoria, la de los miembros de los órganos de asistencia al órgano de contratación
(mesa de contratación, comisión técnica, comité de expertos), la del responsable del contrato, así como la del
contratista y subcontratistas, en su caso. Los modelos de DACIs son los que se incorporan como Anexos III-A y
III-B a la presente instrucción.
Téngase en cuenta que el procedimiento de análisis sistemático y automatizado del riesgo de conflicto de
interés que se regula en la Orden HFP/55/2023 sólo aplica a los procedimientos de contratación cuya
convocatoria se publique a partir del 26 de enero de 2023.
5. Ausencia de doble financiación.
El órgano de contratación deberá dejar constancia en la memoria de la verificación de la ausencia de doble
financiación del contrato, de conformidad con lo indicado en la instrucción Octava.
6. Identificación del perceptor final de los fondos.
En cumplimiento del artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, el órgano de contratación le requerirá al
contratista, además de las DACIs, la aportación de la siguiente documentación:
Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales
establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo que se
acompaña como Anexo II a la presente instrucción.



La declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR,
conforme al modelo que se acompaña como Anexo IV a la presente instrucción.



La acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT o en
el Censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad efectivamente
desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.

00279897



Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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