3. Otras disposiciones. . (2023/50-51)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa de la instalación eléctrica que se cita. (PP. 1103/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 50 - Miércoles, 15 de marzo de 2023

página 4438/3

el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto
337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto
223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de
alta tensión.
Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las
instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de
utilidad e interés general. A este respecto, el artículo 32 establece el procedimiento de
autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e
interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este
caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y
de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido
por el órgano ambiental.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación
Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía de
la Junta de Andalucía en Granada
RESU ELV E

Peticionario: Energía Eólica Barranco del Agua, S.L., con NIF B-19636877, y domicilio
social en C/ Marqués de Mondéjar, núm. 20 Entreplanta, 18005 Granada.
Objeto de la petición: Autorización Administrativa Previa de la instalación denominada
Parque Eólico «Barranco del Agua I» de 27 MW y línea de evacuación de 30 kV en los
términos municipales de Villamena, Albuñuelas, Padul, Alhendín y Escúzar (Granada).
Emplazamiento: El parque eólico Barranco del Agua I, de 27 MW de potencia, se
localiza en los parajes denominados «Cerros Pelaos» y «Cerrillo del Tío Lora», afectando
a los términos municipales de Villamena y Albuñuelas. La Línea eléctrica aérea de 30
kV discurre atravesando los municipios de Albuñuelas, Padul, Alhendín y Escúzar, hasta
la Subestación Colectora que comparte con el parque eólico «Barranco del Agua II»,
situada en el Cerro de Parapanda de Escúzar.
Las coordenadas UTM ETRS89 de la ubicación de los aerogeneradores son:
- Aerogenerador WTG-02: X 445.099 ;Y 4.092.585.
- Aerogenerador WTG-03: X 444.796 ;Y 4.092.660.
- Aerogenerador WTG-04: X 444.496 ;Y 4.092.580.
- Aerogenerador WTG-05: X 444.197 ;Y 4.092.583.
- Aerogenerador WTG-06: X 443.909 ;Y 4.092.652.
Características: El parque eólico Barranco del Agua I, de 27 MW de potencia, está
formado por 5 aerogeneradores, viario interno, canalizaciones y centro de seccionamiento.
El acceso al parque se realiza a través de la autovía Bailén-Motril, y en la salida 153 se
coge la carretera GR-3208 dirección Albuñuelas. Se acondicionará una entrada existente
en el margen derecho sentido Albuñuelas a la altura del p.k. 4+24.
Está compuesto por las siguientes instalaciones:
• 5 aerogeneradores de 5,8 MW cada uno.
• 3 líneas de interconexión 30 kV, de unos 5.667 m de longitud total estimada. Estas
líneas discurrirán anexas y paralelas a los viales del parque. Las líneas serán simple
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279515

Primero. Conceder la Autorización Administrativa Previa de la instalación eléctrica
que se cita.
La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes: