Autoridades y personal. . (2023/49-21)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público para la contratación de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud, mediante contrato laboral de duración determinada a tiempo parcial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Martes, 14 de marzo de 2023

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9. De la contratación.
9.1. Iniciación.
9.1.1. El plazo para la firma del contrato será de 10 días hábiles, contados a partir
del día siguiente al de la fecha de publicación del acta, conteniendo la propuesta de
adjudicación. Los adjudicatarios deberán contactar en dicho plazo con el Servicio de
Gestión de Personal Docente (contratospdi@us.es) manifestando su aceptación de
la propuesta. Si el adjudicatario no formaliza el contrato en el plazo establecido, se
entenderá que renuncia al contrato.
9.1.2. En el acto de la firma del contrato los adjudicatarios aportarán:
a) Copia del DNI o documento equivalente.
b) En el caso de extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea,
deberán aportar la exención del permiso de trabajo de conformidad con lo dispuesto en
el art. 68.6 del R.D. 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de
Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre Derechos y Libertades de los
extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
c) Certificado médico oficial acreditatito de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de sus tareas. En el supuesto de que se necesite algun tipo de adaptación al
puesto de trabajo, el adjudicatario deberá aportar informe del Servicio de Prevención de
Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla.
d) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Estatal,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y/o hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de
conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, no
haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el
acceso a la función pública.
e) Solicitud de autorización o reconocimiento de compatibilidad.
f) En todo caso, para la firma del contrato será necesario estar en posesión del
certificado electrónico expedido por la FNMT.
9.2. La autorización para el disfrute de vacaciones, licencias o similares durante el
periodo docente para el que se contrata el profesor, deberá ser informada favorablemente
por el Departamento, ya que la misma estará condicionada a la cobertura de la actividad
docente asignada.
9.3. Los contratos serán renovados en los mismos términos de la vigencia inicial.
Dicha renovación se dará siempre que se siga acreditando el ejercicio de la actividad en
la plaza asistencial que ocupen en la Institución Sanitaria concertada, se mantengan las
necesidades docentes que motivaron el contrato, y salvo que exista informe motivado en
contra de la renovación por el Departamento.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación. No obstante y sin perjuicio de que se pueda ejercitar
cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de
reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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10. Régimen de dedicación.
El personal asistencial contratado como profesor asociado desarrollará el conjunto
de sus actividades docentes y asistenciales en una misma jornada. La dedicación horaria
de dicho personal será la establecida en la base decimotercera.dos del Real Decreto
1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de
conciertos entre las Universidades y las Instituciones sanitarias.