Autoridades y personal. . (2023/48-46)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesores Contratados Doctores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Lunes, 13 de marzo de 2023

página 4473/7

7. Duración de los contratos.
7.1. Iniciación
Los efectos del contrato serán del siguiente día lectivo a la firma del contrato.
7.2. Terminación.
La duración del contrato será de carácter indefinido y con dedicación a tiempo
completo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279551

Magfca. a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación. En este caso, no podrá
interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la resolución
expresa o la desestimación presunta del de reposición.
6.2. A partir de la publicación de la resolución Rectoral por la que se adjudica la
plaza en el Tablón Electrónico Oficial (TEO), el interesado, en el plazo de 15 días hábiles,
podrá formalizar su contrato con esta Universidad. Expirado dicho plazo improrrogable
el adjudicatario decaerá en su derecho, recayendo la adjudicación de la plaza en el
suplente, si lo hubiera, siguiendo el orden decreciente de puntuación.
La vigencia de la propuesta de la Comisión de Contratación en cuanto a la sustitución
en caso de cese o renuncia será de 2 meses a contar desde la fecha del primer contrato.
En caso de que no hubiere candidato suplente, el Vicerrectorado con competencias
en materia de Profesorado procederá a declarar la plaza desierta.
6.3. En el acto de la firma del contrato los adjudicatarios de las plazas aportarán la
siguiente documentación:
a) Deberán aportar los originales del DNI, del título académico y de la acreditación
para su compulsa en el momento del contrato.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de la función pública. (Se facilitará impreso a la firma del
contrato).
c) Número de afiliación a la Seguridad Social, en su caso (fotocopia del documento de
afiliación a la S.S.).
d) Datos bancarios.
6.4. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial como se ha
establecido en el apartado 3.2.2.
6.5. Los adjudicatarios de las plazas no podrán comenzar su actividad sin haber
firmado y estar vigente el contrato y sin estar dados de alta en Seguridad Social.
Tan sólo una vez formalizada la relación jurídica se iniciará la prestación de servicios
y, por ende, el devengo de las retribuciones asignadas a la plaza adjudicada. No se
admitirá la retroactividad de efectos económicos en ningún caso.
6.6. El contratado deberá presentarse, ante el Director del Departamento y el Decano
o Director del Centro correspondientes e incorporarse a las tareas docentes, en la fecha
de inicio indicada en el contrato. De no incorporarse en la fecha de inicio del contrato
sin causa justificada, a juicio de la Universidad de Huelva, el contrato quedará sin efecto
anulándose todas las actuaciones.
6.7. En el caso de no producirse la firma del contrato o de no incorporarse el
contratado a las tareas docentes, en los respectivos plazos indicados en los párrafos
anteriores, se entiende que el interesado renuncia a la plaza. En ambos casos se
procederá al llamamiento de los siguientes aspirantes que figuren en la resolución de la
Comisión de Contratación y conforme a lo establecido en el Reglamento de Contratación
de Profesorado de esta Universidad.