3. Otras disposiciones. . (2023/48-51)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería, de autorización administrativa previa y de construcción del proyecto que se cita, en los términos municipales de Laujar de Andarax y Alcolea. (PP. 1014/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 48 - Lunes, 13 de marzo de 2023

página 4097/2

Con fecha 26.3.2021 se recibe del Ayuntamiento de Laujar de Andarax informe
de compatibilidad urbanística estimando la compatibilidad urbanística de la actuación
planteada.
Con fecha 15.4.2021 se recibe del Ayuntamiento de Alcolea informe de compatibilidad
urbanística estimando la compatibilidad urbanística de la actuación planteada.
Quinto. Con fecha 26.5.2021 se solicita a la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras, Ordenación del Territorio y de Cultura y Patrimonio Histórico en Almería,
informe sobre la adecuación territorial o urbanística de la actuación de acuerdo con la Ley
2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia
energética de Andalucía.
Con fecha 31.5.2021 se recibe informe donde se indica que cualquier solicitud de
conformidad u oposición a la autorización de la correspondiente infraestructura energética
deberá ser dirigida al municipio en cuyo término municipal se pretenda implantar la
actuación, mediante solicitud del pertinente informe de compatibilidad urbanística, a partir
del 13 de marzo de 2020 (fecha de la entrada en vigor del Decreto-ley 2/2020, de 9
de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad
productiva de Andalucía).
Sexto. Con fecha 16.12.2022 Serrata de Tabernas, S.L., presenta modificación al
Proyecto de planta solar fotovoltaica y línea eléctrica aérea de evacuación de 20 kV:
Planta FV «Ermita de Alcolea I, de 4 MWp» por reajuste del diseño de la planta solar
fotovoltaica.
Séptimo. Con fecha 28.12.2022, se recibe Informe Ambiental Vinculante de 24.12.2022
de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en
Almería, expediente AAUA/AL/0012/21, en el cual, se resuelve informar favorablemente
supeditado al cumplimiento de las condiciones recogidas en el Proyecto, el Estudio de
Impacto Ambiental y resto de la documentación técnica presentada por el promotor, así
como las establecidas adicionalmente en los anexos cuyo contenido íntegro se puede
consultar en la siguiente dirección web:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do
Octavo. Con fecha 21.1.2023 se formuló propuesta de resolución de autorización
administrativa previa y de construcción y se le otorgó un plazo de diez días a contar desde
el día siguiente de su recepción para que los interesados pudieran alegar y presentar
los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, sin que se hayan presentado
alegaciones.

Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran
establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por
la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas
que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas
instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de
evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de
transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV así como las
líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica,
siempre y cuando todas ellas se ubiquen o su trazado discurra por territorio andaluz y su
aprovechamiento no afecte a otro territorio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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