3. Otras disposiciones. . (2023/47-26)
Orden de 7 de marzo de 2023, por la que se aprueba el Proyecto de Actuación Autonómico «Implantación industrial y ampliación de Cosentino en los municipios de Cantoria, Partaloa y Fines (Almería)».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 47 - Viernes, 10 de marzo de 2023

página 4544/12

v) Cesión a la administración que corresponda de las reservas dotacionales públicas
situadas en las áreas funcionales AF-2 y AF-4, considerando lo referido en el
artículo 29.2 de la Declaración de Interés Autonómico.
b) En el segundo cuatrienio desde la aprobación del Proyecto de Actuación
Autonómico se programan las siguientes actuaciones:
i) Aprobación de los Proyectos de Urbanización de las reservas dotacionales
colectivas situadas en las áreas funcionales AF-7 y AF-9.
ii) Obras de urbanización del sistema viario vertebrador y de los sistemas de
infraestructuras principales necesarias para dar servicio a las áreas funcionales
AF-5, AF-6, AF-7, AF-8 y AF-9.
c) En el tercer cuatrienio desde la aprobación del Proyecto de Actuación Autonómico
se programan las siguientes actuaciones:
i) Aprobación de los Proyectos de Urbanización de las reservas dotacionales
colectivas situadas en el área funcional AF-10.
ii) Obras de urbanización del sistema viario vertebrador y de los sistemas de
infraestructuras principales necesarias para dar servicio a las áreas funcionales
AF-10, AF-11, AF-12 y AF-13.
2. Las obras complementarias de urbanización de cada área funcional se ejecutarán
simultáneamente a la edificación e incluirán la ejecución de las reservas dotacionales
colectivas y las bolsas de aparcamientos.
3. En respuesta a las necesidades del proceso productivo del complejo industrial,
podrá adelantarse el desarrollo de áreas funcionales, siempre que se garantice la
adecuada accesibilidad, el conveniente servicio de infraestructuras y las correspondientes
reservas correspondiente de dotaciones y plazas de aparcamientos.
4. Se podrán desarrollar varias áreas funcionales de modo simultáneo, siempre que
se garantice el cumplimiento de los deberes y obligaciones correspondientes.
A NE XO

En el presente anexo se definen las condiciones de desarrollo de cada área funcional,
diferenciando tanto aquellos parámetros principales que deberán respetarse con carácter
obligatorio, como aquellos de carácter orientativo que podrán ser reajustados durante el
desarrollo de cada área.
Cada ficha está configurada del siguiente modo:
- Datos identificativos, especificando su denominación y la zona y subzona a la que
pertenece.
- Características principales, integrando los parámetros de obligado cumplimiento y
de carácter vinculante:
• Superficie del área funcional.
• Edificabilidad máxima asignada.
• Superficies destinadas a las reservas dotacionales.
• Programación, estableciendo el cuatrienio en el que está enmarcado el desarrollo
del área funcional.
- Ordenación pormenorizada, detallando las diferentes parcelas que constituyen el
área funcional, su zona de ordenanza, su superficie (sup.), edificabilidad (edif.) y número de
aparcamientos previstos (aprc.). Igualmente se recoge la superficie aproximada de viario.
- Otras condiciones de ordenación, estableciendo las directrices a seguir en cuanto
a las condiciones de la edificación, afecciones sectoriales, así como las medidas de
integración paisajística y ambiental.
- Esquema gráfico de la delimitación del área funcional.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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FICHAS ÁREAS FUNCIONALES