Autoridades y personal. . (2023/47-8)
Orden de 6 de marzo de 2023, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
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Número 47 - Viernes, 10 de marzo de 2023

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adhesiva en el primer folio de su examen y otra en el documento de sus datos personales,
cerrando los sobres a continuación. El tribunal guardará en sobres los sobres pequeños
que contienen los datos personales.
5. Una vez corregida y calificada esta prueba, se procederá a la apertura de los
sobres pequeños que contienen los datos personales. Para ello, se requerirá la presencia
de testigos y se levantará la correspondiente acta.
Parte A. Parte práctica.
Consistirá en la realización por escrito de un ejercicio práctico que permita comprobar que
el personal aspirante posee la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas
correspondientes a la especialidad a la que opta. Esta parte se valorará de 0 a 10 puntos.
Las características de esta prueba práctica para cada especialidad son las recogidas
en el Anexo IV.
Parte B. Desarrollo de un tema.
Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante
de entre los extraídos al azar por el tribunal, de conformidad con lo establecido en el
Reglamento de ingreso, en razón al número de temas de la especialidad: cuando el
temario de la especialidad tenga un número no superior a 25 temas, deberá elegirse
entre dos; cuando el número sea superior a 25 temas e inferior a 51, entre tres, y cuando
tenga un número superior a 50, entre cuatro. Esta parte se valorará de 0 a 10 puntos.
8.1.1.1. Calificaciones provisionales.
Finalizadas las dos partes de esta primera prueba, por resolución de cada tribunal
se publicarán las calificaciones provisionales de la misma en los tablones de anuncios
de la sede correspondiente y en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional, debiendo remitir cada tribunal una copia de dichas calificaciones
a la correspondiente comisión de selección.
8.1.1.2. Alegaciones.
Contra las calificaciones provisionales obtenidas en cada una de las partes de la
primera prueba, los aspirantes podrán presentar alegaciones a las mismas por escrito
alegando los motivos de error material que estimen oportunos ante el tribunal, en el plazo
de atención al opositor indicado en el apartado 7.4.
8.1.1.3. Calificaciones definitivas.
Transcurrido el plazo anterior y revisadas las alegaciones, el tribunal procederá,
mediante resolución, a la publicación de las calificaciones definitivas, en los mismos
lugares de exposición a que se refiere el apartado 8.1.1.1, entendiéndose desestimadas
las alegaciones presentadas cuando las puntuaciones no hayan sido modificadas.
Contra dicha resolución, que no pone fin al procedimiento, no procede recurso
alguno, pudiendo el personal interesado interponer el correspondiente recurso contra la
orden por la que se publiquen las listas de personal seleccionado, de conformidad con lo
dispuesto en la base décima.
8.1.2. Segunda prueba.
La segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica
y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia de las personas
aspirantes, constará de dos partes: presentación y defensa de una programación
didáctica y preparación y exposición oral de una unidad didáctica o, en su caso, de una
situación de aprendizaje, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
Cada una de las partes se calificará de 0 a 10 puntos. La calificación de esta segunda
prueba será de 0 a 10 puntos, siendo el resultado la suma de las calificaciones de las dos
partes de que consta, ponderadas del siguiente modo:
Parte A. Presentación y defensa de la programación didáctica: se calculará
multiplicando por 0,3 la calificación obtenida.
Parte B. Preparación y exposición oral de una unidad didáctica o situación de aprendizaje,
según proceda, ante el tribunal: Se calculará multiplicando por 0,7 la calificación obtenida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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