Autoridades y personal. . (2023/47-8)
Orden de 6 de marzo de 2023, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Viernes, 10 de marzo de 2023
página 4436/26
médico oficial con una antelación mínima de 72 horas, salvo causa de fuerza mayor,
al objeto de adecuar los espacios necesarios, así como para determinar las fechas y
horas de celebración de la fase de oposición del procedimiento fijado en esta resolución.
Ello implicará el consentimiento de las personas interesadas para permitir el acceso
de la Comisión de selección correspondiente o del órgano convocante a los datos que
figuren en los mismos, así como a la información facultativa relacionada con su situación
personal. La Comisión de selección correspondiente, basándose en la información
recibida, acordará si procede o no aplazar o adelantar la realización de dicha prueba a la
persona solicitante, que en ningún caso podrá demorarse, para garantizar el derecho del
resto de aspirantes a una resolución del procedimiento ajustada a los tiempos previstos
en el proceso selectivo, más allá del final del periodo de publicación de calificaciones de
cada prueba. Para ello, se efectuará un nuevo llamamiento y aquella persona aspirante
que no comparezca a este requerimiento decaerá en todos sus derechos en el presente
procedimiento.
Octava. Sistema de selección.
Conforme a lo establecido en el Reglamento de ingreso, el sistema de selección para
el ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición y el procedimiento
selectivo constará de una fase de oposición, otra de concurso y una fase de prácticas.
Los temarios vigentes para el presente procedimiento selectivo son los siguientes:
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Según establece la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los
temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, accesos y adquisición de
nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, los temarios de aplicación son los establecidos en las
órdenes siguientes:
- Orden de 9 de septiembre de 1993, por la que se aprueban los temarios que han de
regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad
para determinadas especialidades de los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza
Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (BOE del 21), Anexo III.
- Orden de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueban los temarios que han de regir
en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para
determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y
Profesores Técnicos de Formación Profesional (BOE del 13), Anexo I.
De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria séptima del Reglamento
de ingreso, hasta tanto se aprueben los temarios definitivos que correspondan a los
diferentes cuerpos y especialidades, subsistirán los actualmente vigentes para aquellas
especialidades del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional
que se integran en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
Los temarios vigentes son los incluidos en la Orden ECD/1753/2015, de 25 de agosto,
por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso,
acceso y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de Música y
Artes Escénicas en las especialidades vinculadas a las enseñanzas de música y de danza.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279504
Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
Orden de 9 de septiembre de 1993, por la que se aprueban los temarios que han de
regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad
para determinadas especialidades de los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza
Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (BOE de 21), Anexo VI.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Viernes, 10 de marzo de 2023
página 4436/26
médico oficial con una antelación mínima de 72 horas, salvo causa de fuerza mayor,
al objeto de adecuar los espacios necesarios, así como para determinar las fechas y
horas de celebración de la fase de oposición del procedimiento fijado en esta resolución.
Ello implicará el consentimiento de las personas interesadas para permitir el acceso
de la Comisión de selección correspondiente o del órgano convocante a los datos que
figuren en los mismos, así como a la información facultativa relacionada con su situación
personal. La Comisión de selección correspondiente, basándose en la información
recibida, acordará si procede o no aplazar o adelantar la realización de dicha prueba a la
persona solicitante, que en ningún caso podrá demorarse, para garantizar el derecho del
resto de aspirantes a una resolución del procedimiento ajustada a los tiempos previstos
en el proceso selectivo, más allá del final del periodo de publicación de calificaciones de
cada prueba. Para ello, se efectuará un nuevo llamamiento y aquella persona aspirante
que no comparezca a este requerimiento decaerá en todos sus derechos en el presente
procedimiento.
Octava. Sistema de selección.
Conforme a lo establecido en el Reglamento de ingreso, el sistema de selección para
el ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición y el procedimiento
selectivo constará de una fase de oposición, otra de concurso y una fase de prácticas.
Los temarios vigentes para el presente procedimiento selectivo son los siguientes:
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Según establece la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los
temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, accesos y adquisición de
nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, los temarios de aplicación son los establecidos en las
órdenes siguientes:
- Orden de 9 de septiembre de 1993, por la que se aprueban los temarios que han de
regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad
para determinadas especialidades de los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza
Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (BOE del 21), Anexo III.
- Orden de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueban los temarios que han de regir
en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para
determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y
Profesores Técnicos de Formación Profesional (BOE del 13), Anexo I.
De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria séptima del Reglamento
de ingreso, hasta tanto se aprueben los temarios definitivos que correspondan a los
diferentes cuerpos y especialidades, subsistirán los actualmente vigentes para aquellas
especialidades del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional
que se integran en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
Los temarios vigentes son los incluidos en la Orden ECD/1753/2015, de 25 de agosto,
por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso,
acceso y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de Música y
Artes Escénicas en las especialidades vinculadas a las enseñanzas de música y de danza.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279504
Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
Orden de 9 de septiembre de 1993, por la que se aprueban los temarios que han de
regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad
para determinadas especialidades de los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza
Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (BOE de 21), Anexo VI.