Autoridades y personal. . (2023/47-8)
Orden de 6 de marzo de 2023, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Viernes, 10 de marzo de 2023
página 4436/24
Séptima. Comienzo y desarrollo del procedimiento selectivo.
7.1. Comienzo.
El procedimiento selectivo dará comienzo en la segunda quincena del mes de
junio de 2023, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 6.1. Con anterioridad a dicha
fecha, la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la resolución en la que
se indicarán el lugar, fecha y hora del acto de presentación y de realización de la primera
prueba, así como la adscripción de aspirantes a los distintos tribunales.
7.2. Acto de presentación.
El acto de presentación, de asistencia obligatoria para todo el personal participante,
tiene carácter personalísimo. No se admitirán acreditaciones ni poderes de representación.
Las personas que no asistan decaerán en todos sus derechos y serán excluidas del
procedimiento selectivo, así como quienes se presenten ante un tribunal al que no estén
adscritos.
En el citado acto, los tribunales identificarán al personal aspirante mediante la
presentación del DNI en vigor o, en su defecto, carnet de conducir o pasaporte también
en vigor, impartirán las instrucciones precisas para el desarrollo de las fases de oposición
y concurso, indicarán los plazos y lugares en los que se desarrollará el procedimiento y
cuantas cuestiones estimen oportunas.
7.3. Entrega de la programación didáctica.
Tras la publicación de las calificaciones definitivas de la primera prueba, se abrirá
un plazo de 48 horas, por resolución de la persona titular de la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, para que el personal aspirante que haya
superado la misma proceda a la entrega de la programación didáctica, en formato PDF,
a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional. Los aspirantes que no entreguen en el plazo
establecido la citada programación didáctica no podrán realizar la segunda prueba ni
podrán, en consecuencia, continuar el procedimiento.
7.4. Atención a la persona aspirante.
Una vez celebrada la primera prueba de todas las especialidades convocadas, se
abrirá por Resolución de la persona titular de la Dirección General del Profesorado y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279504
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos y estará compuesto por un presidente o
presidenta y cuatro vocales, todos ellos pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos o
de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Lengua Castellana y Literatura, o
Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, especialidad Español para extranjeros.
Dicha resolución, que indicará el lugar, fecha y hora fijados para la realización de
la prueba, se publicará en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional con al menos diez días de antelación a la fecha fijada para la
realización de la prueba.
6.3. Valoración de la prueba.
El tribunal de valoración otorgará la calificación de «Apto» o «No apto», quedando
excluidas del procedimiento selectivo las personas calificadas como no aptas.
El citado tribunal hará pública la resolución por la que se aprueba la lista del
personal aspirante con la calificación que ha obtenido en el tablón de anuncios del lugar
de actuación y en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, y elevará la propuesta del personal declarado apto a la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para su incorporación al expediente del
citado personal.
Contra la citada resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección
General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 115.1
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Viernes, 10 de marzo de 2023
página 4436/24
Séptima. Comienzo y desarrollo del procedimiento selectivo.
7.1. Comienzo.
El procedimiento selectivo dará comienzo en la segunda quincena del mes de
junio de 2023, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 6.1. Con anterioridad a dicha
fecha, la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la resolución en la que
se indicarán el lugar, fecha y hora del acto de presentación y de realización de la primera
prueba, así como la adscripción de aspirantes a los distintos tribunales.
7.2. Acto de presentación.
El acto de presentación, de asistencia obligatoria para todo el personal participante,
tiene carácter personalísimo. No se admitirán acreditaciones ni poderes de representación.
Las personas que no asistan decaerán en todos sus derechos y serán excluidas del
procedimiento selectivo, así como quienes se presenten ante un tribunal al que no estén
adscritos.
En el citado acto, los tribunales identificarán al personal aspirante mediante la
presentación del DNI en vigor o, en su defecto, carnet de conducir o pasaporte también
en vigor, impartirán las instrucciones precisas para el desarrollo de las fases de oposición
y concurso, indicarán los plazos y lugares en los que se desarrollará el procedimiento y
cuantas cuestiones estimen oportunas.
7.3. Entrega de la programación didáctica.
Tras la publicación de las calificaciones definitivas de la primera prueba, se abrirá
un plazo de 48 horas, por resolución de la persona titular de la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, para que el personal aspirante que haya
superado la misma proceda a la entrega de la programación didáctica, en formato PDF,
a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional. Los aspirantes que no entreguen en el plazo
establecido la citada programación didáctica no podrán realizar la segunda prueba ni
podrán, en consecuencia, continuar el procedimiento.
7.4. Atención a la persona aspirante.
Una vez celebrada la primera prueba de todas las especialidades convocadas, se
abrirá por Resolución de la persona titular de la Dirección General del Profesorado y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279504
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos y estará compuesto por un presidente o
presidenta y cuatro vocales, todos ellos pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos o
de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Lengua Castellana y Literatura, o
Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, especialidad Español para extranjeros.
Dicha resolución, que indicará el lugar, fecha y hora fijados para la realización de
la prueba, se publicará en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional con al menos diez días de antelación a la fecha fijada para la
realización de la prueba.
6.3. Valoración de la prueba.
El tribunal de valoración otorgará la calificación de «Apto» o «No apto», quedando
excluidas del procedimiento selectivo las personas calificadas como no aptas.
El citado tribunal hará pública la resolución por la que se aprueba la lista del
personal aspirante con la calificación que ha obtenido en el tablón de anuncios del lugar
de actuación y en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, y elevará la propuesta del personal declarado apto a la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para su incorporación al expediente del
citado personal.
Contra la citada resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección
General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 115.1
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.