3. Otras disposiciones. . (2023/46-39)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre las medidas adoptadas por la Junta de Andalucía para la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
110 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4347/42
135
En este sentido, el RDL 36/2020, establece en su artículo 46.2 la obligación de que las entidades
del sector público autonómico remitan información de ejecución contable de los proyectos del
PRTR, así como la identificación en la BDNS y plataforma de contratación del Sector Público. La
Orden 1031/2021 establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar para
el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable
de las medidas de los componentes del PRTR.
136
A lo largo de su articulado se hace referencia al Sistema de Información de Gestión y Seguimiento
del PRTR. Este sistema, denominado CoFFEE-MRR, desarrollado por la SGFE, no se encuentra
operativo, tal como se ha explicado en el punto 90, no existiendo con carácter general el “código
único identificativo único del proyecto, subproyecto o línea de acción asignado por el sistema de
información, gestión y seguimiento” que permitiría la identificación unívoca y única de los
mismos. La ausencia de este código dificulta la identificación de los subproyectos asignados a las
CCAA que están vinculados al mismo proyecto, contribuyendo a los hitos y objetivos CID u OA
establecidos. Asimismo, estaba previsto que las entidades ejecutoras elaboraran informes de
gestión a partir de la información contenida en dicho sistema de seguimiento, lo que a la fecha
de terminación de los trabajos de fiscalización no ha sido posible. (§ 90)
137
Igualmente, el artículo 46.4 del RD Ley 36/2020 instaba a las entidades del sector público
autonómico a establecer “procedimientos para garantizar que consta en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones y Ayudas Públicas o en la Plataforma de Contratación del Sector
Público, respectivamente, la identificación del proyecto o iniciativa a que corresponden la
convocatoria o contrato (…) para las convocatorias o contratos que se aprueben a partir de
2021”.
138
Si bien en la Comunidad Autónoma de Andalucía no se ha contemplado en la normativa propia
la necesidad de adaptación de los sistemas de información, se encuentra realizando actuaciones
de mejora en el sistema de información contable GIRO tendentes al diseño y desarrollo de
parametrizaciones y creación de transacciones para permitir el seguimiento acorde con el código
de actuación a nivel de expediente contable. El desarrollo de todas estas transacciones se está
llevando a cabo de forma provisional y paralela a la puesta en marcha de CoFFEE-MRR, que será
el módulo a través del que se proporcionará el código identificativo de cada actuación, y que a
la fecha de finalización de los trabajos de campo (septiembre de 2022) no se encuentra en
funcionamiento.
4.4.5.1. Información de seguimiento de proyectos
La Orden 1031/2021, en su artículo 430, detalla la información que las entidades ejecutoras deben
recoger en los proyectos, subproyectos o líneas de acción para su seguimiento posterior. Estaba
30
Los proyectos, subproyectos o líneas de acción estarán caracterizados, al menos, por: a) Componente al que pertenecen; b) Reforma o
inversión en la que se encuadra; c) Entidad decisora; d) Entidad ejecutora; e) Órgano gestor del proyecto o del subproyecto; f) El código
identificativo único del proyecto, subproyecto o línea de acción asignado por el sistema de información de gestión y seguimiento; g) La fuente
o fuentes de financiación; h) Los hitos u objetivos que determinan el cumplimiento del proyecto o línea de acción; i) Los indicadores conforme
con el mecanismo de verificación definido en el CID, a través de los que se mide el grado de cumplimiento de los hitos u objetivos y el modo
en que cada uno de esos indicadores contribuye a un indicador de la medida en la que se integra. La aportación de la medición del indicador
a efectos del seguimiento del nivel de cumplimiento de los hitos u objetivos se efectuará al último nivel de descomposición de cada proyecto;
j) Las partidas presupuestarias de la entidad ejecutora a través de las que se financia el proyecto, subproyecto o actuación; k) Una descripción
breve de la finalidad que se pretende alcanzar con el proyecto, subproyecto o línea de acción; l) Las fechas de inicio y finalización; m) Coste
estimado; n) Otra información relevante del proyecto, subproyecto o línea de acción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279424
139
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4347/42
135
En este sentido, el RDL 36/2020, establece en su artículo 46.2 la obligación de que las entidades
del sector público autonómico remitan información de ejecución contable de los proyectos del
PRTR, así como la identificación en la BDNS y plataforma de contratación del Sector Público. La
Orden 1031/2021 establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar para
el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable
de las medidas de los componentes del PRTR.
136
A lo largo de su articulado se hace referencia al Sistema de Información de Gestión y Seguimiento
del PRTR. Este sistema, denominado CoFFEE-MRR, desarrollado por la SGFE, no se encuentra
operativo, tal como se ha explicado en el punto 90, no existiendo con carácter general el “código
único identificativo único del proyecto, subproyecto o línea de acción asignado por el sistema de
información, gestión y seguimiento” que permitiría la identificación unívoca y única de los
mismos. La ausencia de este código dificulta la identificación de los subproyectos asignados a las
CCAA que están vinculados al mismo proyecto, contribuyendo a los hitos y objetivos CID u OA
establecidos. Asimismo, estaba previsto que las entidades ejecutoras elaboraran informes de
gestión a partir de la información contenida en dicho sistema de seguimiento, lo que a la fecha
de terminación de los trabajos de fiscalización no ha sido posible. (§ 90)
137
Igualmente, el artículo 46.4 del RD Ley 36/2020 instaba a las entidades del sector público
autonómico a establecer “procedimientos para garantizar que consta en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones y Ayudas Públicas o en la Plataforma de Contratación del Sector
Público, respectivamente, la identificación del proyecto o iniciativa a que corresponden la
convocatoria o contrato (…) para las convocatorias o contratos que se aprueben a partir de
2021”.
138
Si bien en la Comunidad Autónoma de Andalucía no se ha contemplado en la normativa propia
la necesidad de adaptación de los sistemas de información, se encuentra realizando actuaciones
de mejora en el sistema de información contable GIRO tendentes al diseño y desarrollo de
parametrizaciones y creación de transacciones para permitir el seguimiento acorde con el código
de actuación a nivel de expediente contable. El desarrollo de todas estas transacciones se está
llevando a cabo de forma provisional y paralela a la puesta en marcha de CoFFEE-MRR, que será
el módulo a través del que se proporcionará el código identificativo de cada actuación, y que a
la fecha de finalización de los trabajos de campo (septiembre de 2022) no se encuentra en
funcionamiento.
4.4.5.1. Información de seguimiento de proyectos
La Orden 1031/2021, en su artículo 430, detalla la información que las entidades ejecutoras deben
recoger en los proyectos, subproyectos o líneas de acción para su seguimiento posterior. Estaba
30
Los proyectos, subproyectos o líneas de acción estarán caracterizados, al menos, por: a) Componente al que pertenecen; b) Reforma o
inversión en la que se encuadra; c) Entidad decisora; d) Entidad ejecutora; e) Órgano gestor del proyecto o del subproyecto; f) El código
identificativo único del proyecto, subproyecto o línea de acción asignado por el sistema de información de gestión y seguimiento; g) La fuente
o fuentes de financiación; h) Los hitos u objetivos que determinan el cumplimiento del proyecto o línea de acción; i) Los indicadores conforme
con el mecanismo de verificación definido en el CID, a través de los que se mide el grado de cumplimiento de los hitos u objetivos y el modo
en que cada uno de esos indicadores contribuye a un indicador de la medida en la que se integra. La aportación de la medición del indicador
a efectos del seguimiento del nivel de cumplimiento de los hitos u objetivos se efectuará al último nivel de descomposición de cada proyecto;
j) Las partidas presupuestarias de la entidad ejecutora a través de las que se financia el proyecto, subproyecto o actuación; k) Una descripción
breve de la finalidad que se pretende alcanzar con el proyecto, subproyecto o línea de acción; l) Las fechas de inicio y finalización; m) Coste
estimado; n) Otra información relevante del proyecto, subproyecto o línea de acción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279424
139