3. Otras disposiciones. . (2023/46-37)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz). Ejercicio 2018.
125 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4344/66
TRATAMIENTO DE LA ALAEGACIÓN
En esta alegación en ningún caso el Ayuntamiento contradice el incumplimiento señalado en el
informe. En este caso, se limita a señalar la circunstancia que lleva a este incumplimiento desde el
ejercicio 2014.
El citado incumplimiento, provoca que no se pueda afirmar que la cuenta general del ejercicio 2018
presente la imagen fiel de la entidad.
ALEGACIÓN Nº 10 AL PUNTO 23 (ALEGACIÓN ADMITIDA PARCIALMENTE)
23. El Patrimonio Municipal del Suelo, tal como detalla la Intervención Municipal en el documento
adjunto nº 1 se definió, aprobándose por acuerdo de Pleno de 29 de abril de 2021.
Por tanto, este punto está subsanado y así ha de constar.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El Ayuntamiento en esta alegación corrobora el incumplimiento planteado en el informe en el sentido de que en el ejercicio 2018 no se encuentra definido el Patrimonio municipal del suelo.
ALEGACIÓN Nº 11 AL PUNTO 24 (ALEGACIÓN ADMITIDA PARCIALMENTE)
24. Tal como detalla la Intervención Municipal en el documento adjunto nº 1, la Tesorería municipal
y la Intervención han venido efectuando trabajos de depuración de derechos reconocidos pendiente
de cobro que pudieran encontrarse prescritos, culminándose los trabajos en 2021 con la aprobación
por Junta de Gobierno Local, de 1 de julio de 2021 del expediente de depuración de derechos reconocidos en la contabilidad municipal anteriores al ejercicio 2003 y su depuración contable de los
saldos de contabilidad.
Por tanto, este punto está subsanado y así ha de constar.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El Ayuntamiento reconoce el incumplimiento existente en el ejercicio objeto de fiscalización en
cuanto a los derechos reconocidos pendientes de cobro.
00279417
Según lo dispuesto en la documentación complementaria aportada a la que se hace referencia, en
la misma se traslada el acuerdo de la Junta de Gobierno local de fecha 1 de julio de 2021, por el que
se aprueba el expediente de depuración de derechos reconocidos pendientes de cobro anteriores
a 2003, y se informa que con fecha 8 de noviembre de 2021, el tesorero emite informe sobre anulación de derechos por importe de 4.838.346,99 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4344/66
TRATAMIENTO DE LA ALAEGACIÓN
En esta alegación en ningún caso el Ayuntamiento contradice el incumplimiento señalado en el
informe. En este caso, se limita a señalar la circunstancia que lleva a este incumplimiento desde el
ejercicio 2014.
El citado incumplimiento, provoca que no se pueda afirmar que la cuenta general del ejercicio 2018
presente la imagen fiel de la entidad.
ALEGACIÓN Nº 10 AL PUNTO 23 (ALEGACIÓN ADMITIDA PARCIALMENTE)
23. El Patrimonio Municipal del Suelo, tal como detalla la Intervención Municipal en el documento
adjunto nº 1 se definió, aprobándose por acuerdo de Pleno de 29 de abril de 2021.
Por tanto, este punto está subsanado y así ha de constar.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El Ayuntamiento en esta alegación corrobora el incumplimiento planteado en el informe en el sentido de que en el ejercicio 2018 no se encuentra definido el Patrimonio municipal del suelo.
ALEGACIÓN Nº 11 AL PUNTO 24 (ALEGACIÓN ADMITIDA PARCIALMENTE)
24. Tal como detalla la Intervención Municipal en el documento adjunto nº 1, la Tesorería municipal
y la Intervención han venido efectuando trabajos de depuración de derechos reconocidos pendiente
de cobro que pudieran encontrarse prescritos, culminándose los trabajos en 2021 con la aprobación
por Junta de Gobierno Local, de 1 de julio de 2021 del expediente de depuración de derechos reconocidos en la contabilidad municipal anteriores al ejercicio 2003 y su depuración contable de los
saldos de contabilidad.
Por tanto, este punto está subsanado y así ha de constar.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El Ayuntamiento reconoce el incumplimiento existente en el ejercicio objeto de fiscalización en
cuanto a los derechos reconocidos pendientes de cobro.
00279417
Según lo dispuesto en la documentación complementaria aportada a la que se hace referencia, en
la misma se traslada el acuerdo de la Junta de Gobierno local de fecha 1 de julio de 2021, por el que
se aprueba el expediente de depuración de derechos reconocidos pendientes de cobro anteriores
a 2003, y se informa que con fecha 8 de noviembre de 2021, el tesorero emite informe sobre anulación de derechos por importe de 4.838.346,99 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja