3. Otras disposiciones. . (2023/43-42)
Resolución de 9 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía de Almería, de autorización administrativa previa de proyecto de instalación de generación eléctrica fotovoltaica y su infraestructura de evacuación en el término municipal de Lucainena de Las Torres y Tabernas. (PP. 775/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Lunes, 6 de marzo de 2023

página 2916/3

De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas
que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas
instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de
evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de
transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV así como las
líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica,
siempre y cuando todas ellas se ubiquen o su trazado discurra por territorio andaluz y su
aprovechamiento no afecte a otro territorio.
Segundo. De acuerdo con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía,
y en el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, la competencia
para la tramitación y/o resolución de los procedimientos en materia de energía de las
instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras
de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o menor a 50 MW eléctricos de
competencia autonómica y cuando se ubiquen o cuyo trazado discurra íntegramente
por el territorio de una provincia se encuentra atribuida en la Delegación Territorial de la
provincia respectiva, según apartado segundo de la Resolución de 11 de marzo de 2022,
de la Dirección general de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en
los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Tercero. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente
expuestos, esta Delegación Territorial de Almería, en el uso de las competencias
atribuidas,
RESU ELV E
Primero. Conceder autorización administrativa previa para el establecimiento de la
instalación de generación de energía eléctrica fotovoltaica e instalación de evacuación
conectada a la red, cuyas características se describen a continuación:
Solicitante: Iniciativa y Desarrollo Energético Planta 3, S.L.
Finalidad: Producción de energía eléctrica fotovoltaica (Grupo b.1.1 del R.D. 413/2014).

1. Instalación generadora solar fotovoltaica (PERE 1662).
• Emplazamiento: Parcelas 28, 33, 43, 48 y 49 del polígono 5 del t.m. de Lucainena
de las Torres.
• Núm. de módulos fotovoltaicos: 83.322.
• Potencia pico de módulo/total potencia pico: 600 W/49.993,20 kW.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00277990

Características principales:
• Denominación: Hornosol.
• Términos municipales: Lucainena de las Torres y Tabernas.
• Punto de conexión: En posición de la subestación Tabernas gestionada por R.E.E.
a 400 kV.
• Capacidad de acceso a la red de transporte: 42.000 kW.
• Potencia Instalada: 49.9993,20 kW.