3. Otras disposiciones. . (2023/43-64)
Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Granada, Jaén y Almería y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Lunes, 6 de marzo de 2023

página 4096/2

diciembre. En todo lo no previsto en la normativa citada, es de aplicación, en lo que
proceda, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía.
Tercero. En virtud de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 10/2003, de 6 de
noviembre, aprobados los estatutos por el colegio profesional y previo informe del
consejo andaluz de colegios de la profesión respectiva, si estuviere creado, se remitirán a
la Consejería con competencia en materia de régimen jurídico de colegios profesionales,
para su aprobación definitiva mediante orden de su titular, previa calificación de legalidad.
Cuarto. El Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, atribuye
a esta Consejería el ejercicio de las competencias a relativas a colegios profesionales,
fundaciones y asociaciones. En concreto, y conforme al artículo 11, corresponde a la
Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación la competencia sobre el régimen
jurídico y registro de los colegios profesionales.

Sexto. Los Estatutos del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Granada,
Almería y Jaén fueron aprobados por Orden de 12 de febrero de 2013, de la Consejería de
Justicia e Interior (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 44, de 5 de marzo de 2013).
La modificación estatutaria sobre la que se solicita la aprobación definitiva se refiere
a los artículos 1, 9, 12, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 29, 35, 36, 42, 54, 59, 65, 71 y a la
adición de una disposición transitoria. Se trata en su mayoría de aclaraciones, cuestiones
formales y de mejora de redacción, así como de la introducción de una disposición relativa
a la realización de pruebas para la implantación de una de la plataforma de votación
telemática.
Una vez analizado el texto, y de de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2 de
la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, y 18.4 del Reglamento de Colegios Profesionales de
Andalucía, por parte de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación se realizó
una observación de tipo formal al texto propuesto, que afecta a la disposición transitoria,
con el fin de clarificar su contenido y calificar la misma como disposición final. En dicho
escrito se solicitaba asimismo el informe del Consejo General de Colegios Oficiales de
Gestores Administrativos de España.
La observación realizada ha sido atendida por la corporación profesional, la cual
remite el nuevo texto estatutario, acompañado del certificado de aprobación del mismo
por la Junta de Gobierno en su sesión de 5 de octubre de 2022. Asimismo, se remite el
informe del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España, en la
que se estima que la reforma del estatuto es conforme a derecho.
Por último, y dado que la modificación de los estatutos del Colegio Oficial de Gestores
Administrativos de Granada, Almería y Jaén afecta a numerosos artículos del texto
estatutario, se ha considerado oportuno la publicación íntegra de los estatutos de esta
corporación profesional.
En virtud de lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 22 y 24 de la
Ley 10/2003, de 6 de noviembre, y 18 del Reglamento de Colegios Profesionales de
Andalucía, aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, y con las atribuciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 10/2003, de 6 de
noviembre, y en el artículo 18.6 del Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía,
aprobados definitivamente los estatutos o sus modificaciones, se publicarán en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía y se inscribirán en el Registro de Colegios Profesionales
de Andalucía.