3. Otras disposiciones. . (2023/43-64)
Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Granada, Jaén y Almería y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 43 - Lunes, 6 de marzo de 2023

página 4096/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se aprueba la modificación de los
Estatutos del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Granada, Jaén y
Almería y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de
Andalucía.
Vista la solicitud presentada por el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de
Granada, Almería y Jaén ante la Consejería de Justicia, Administración Local y Función
Pública, resultan los siguientes
A NTECEDENTES
Primero. Con fecha 28 de junio de 2022, don Fernando Nogueras Rodríguez, en
su calidad de Presidente del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Granada,
Almería y Jaén, solicita la modificación de los estatutos de la referida corporación, los
cuales fueron aprobados en Junta General de colegiados celebrada el 30 de marzo de
2022. Se acompaña certificado del Secretario del Colegio Oficial, con el visto bueno del
Presidente, del acuerdo adoptado en la Junta General así como el informe favorable del
Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos a la propuesta de
modificación.
Segundo. Con fecha 8 de septiembre de 2022, por parte de la Dirección General de
Justicia Juvenil y Cooperación se remite a la corporación profesional un requerimiento
en el que se realizan observaciones al borrador de estatutos y se indica la necesidad de
aportar el informe favorable a la modificación estatutaria propuesta por parte del Consejo
General de Colegios de Gestores Administrativos.
Tercero. Con fecha 26 de enero de 2023 se recibe en la Dirección General de
Justicia Juvenil y Cooperación nueva propuesta de modificación de los estatutos del
Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Granada, Almería y Jaén, en la cual ha
sido atendido el requerimiento realizado por esta Consejería competente en materia
de régimen jurídico de los Colegios Profesionales . Asimismo, se remite el informe del
Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España, de 24 de enero
de 2022, en la que se estima que es conforme a derecho la modificación de los artículos
del Estatuto acordados por el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Granada,
Almería y Jaén.

Primero. El artículo 79.3.b) del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que
corresponde a la Comunidad Autónoma, en lo no afectado por el artículo 149.1.18ª de
la Constitución Española, la competencia exclusiva sobre los colegios profesionales y
el ejercicio de las profesiones tituladas de acuerdo con el artículo 36 de la Constitución
Española y con la legislación básica del Estado, que en esta materia se encuentra
recogida en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
Segundo. Los Colegios Profesionales se rigen en Andalucía por la Ley 10/2003, de
6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía y el Reglamento
de Colegios Profesionales de Andalucía, aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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