Disposiciones generales. . (2023/43-3)
Acuerdo de 1 de marzo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Primera Estrategia Andaluza para el Sector del Olivar 2023-2027.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Lunes, 6 de marzo de 2023
página 4175/3
3. Programación que establezca las medidas a ejecutar para el logro de los objetivos
estratégicos, incluyendo presupuesto destinado a las mismas y el cronograma para su
consecución.
4. Seguimiento y evaluación de la estrategia, creando un sistema de indicadores de
resultado e impacto.
Cuarto. Procedimiento de elaboración y aprobación.
1. La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural elaborará una
propuesta inicial de la Estrategia, que trasladará a todas las Consejerías de la Junta de
Andalucía para su análisis y aportación de propuestas.
2. La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural recabará los informes
preceptivos de acuerdo con la normativa de aplicación.
3. La propuesta de Estrategia se someterá a consideración de los agentes económicos
y sociales más representativos, así como a las asociaciones del sector del olivar.
4. La propuesta inicial de la Estrategia será sometida a información pública por un
período no inferior a un mes, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
pudiendo consultarse la correspondiente documentación en la sección de transparencia
del Portal de la Junta de Andalucía y en el sitio web de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
5. Posteriormente, la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural elevará la propuesta definitiva de la Estrategia al Consejo de Gobierno
para su aprobación mediante acuerdo.
Quinto. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural para la ejecución y desarrollo del presente acuerdo.
Sexto. Efectos.
El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de marzo de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN CRESPO DÍAZ
00279248
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Lunes, 6 de marzo de 2023
página 4175/3
3. Programación que establezca las medidas a ejecutar para el logro de los objetivos
estratégicos, incluyendo presupuesto destinado a las mismas y el cronograma para su
consecución.
4. Seguimiento y evaluación de la estrategia, creando un sistema de indicadores de
resultado e impacto.
Cuarto. Procedimiento de elaboración y aprobación.
1. La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural elaborará una
propuesta inicial de la Estrategia, que trasladará a todas las Consejerías de la Junta de
Andalucía para su análisis y aportación de propuestas.
2. La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural recabará los informes
preceptivos de acuerdo con la normativa de aplicación.
3. La propuesta de Estrategia se someterá a consideración de los agentes económicos
y sociales más representativos, así como a las asociaciones del sector del olivar.
4. La propuesta inicial de la Estrategia será sometida a información pública por un
período no inferior a un mes, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
pudiendo consultarse la correspondiente documentación en la sección de transparencia
del Portal de la Junta de Andalucía y en el sitio web de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
5. Posteriormente, la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural elevará la propuesta definitiva de la Estrategia al Consejo de Gobierno
para su aprobación mediante acuerdo.
Quinto. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural para la ejecución y desarrollo del presente acuerdo.
Sexto. Efectos.
El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de marzo de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN CRESPO DÍAZ
00279248
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja