Disposiciones generales. . (2023/42-1)
Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Viernes, 3 de marzo de 2023

página 3979/6

2. Se delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales con
competencia en materia de Formación Profesional para el Empleo, la competencia
para resolver el procedimiento de reintegro y el procedimiento sancionador, cuando el
programa formativo se imparta en su ámbito provincial.
Disposición adicional segunda. Facultades de aplicación y desarrollo.
Se habilita a la persona titular de la Dirección General competente en materia de
formación profesional para el empleo a adoptar las medidas que sean precisas para la
ejecución e interpretación de esta orden y dictar cuantas instrucciones fuesen necesarias
para el desarrollo, seguimiento y control de las acciones formativas subvencionadas.
Disposición adicional tercera. Tratamiento de datos de carácter personal.
Los datos de carácter personal recogidos en el procedimiento serán tratados de
conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) núm. 2016/679, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales; o bien en la normativa vigente en
cada momento.
El órgano responsable del tratamiento es la Dirección General competente en materia
de formación profesional para el empleo ante quien se podrá ejercer los derechos
de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad de datos y limitación del
tratamiento, todo lo cual se informa en aplicación del Capítulo II del Título III «Derechos
de las personas» de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de febrero de 2023
ROCÍO BLANCO EGUREN

00279050

Consejera de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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