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Resolución de 22 de febrero de 2023, del Consorcio Parque de las Ciencias, por la que se establece el régimen de la delegación de la Presidencia de la Comisión del Convenio Colectivo del personal al servicio de la entidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Jueves, 2 de marzo de 2023

página 3778/3

las facultades que le son inherentes, e, igualmente, designar al resto de las personas que
la integrarán por parte del Consorcio.
Además, se prevé también el régimen de sustitución para el caso de ausencia o
imposibilidad para el ejercicio de sus funciones de quien resulta titular de la delegación,
evitando disfunciones y lagunas en el funcionamiento normal de esta Comisión, garantizando
también el principio de seguridad jurídica.
En todo caso, los actos que se dicten en virtud de esta delegación no podrán exceder
del ámbito de la misma, declarándose, en caso contrario, nulos de pleno derecho.
Igualmente, queda a salvo la posibilidad de dejar sin efecto en cualquier momento esta
delegación de competencias y la de avocar las que se estimen necesarias en los casos
previstos legalmente.
La vigencia de la delegación se producirá a partir del día de su publicación oficial, y de
la misma se dará cuenta al Consejo Rector de la entidad en la próxima reunión que celebre.
Cuarto. En aplicación de lo previsto en la normativa sobre igualdad efectiva entre
mujeres y hombres y para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, todas las
menciones incluidas en esta resolución de personas, colectivos o cargos cuyo género
sea masculino deben entenderse referidas al género neutro, incluyendo por tanto a
hombres y mujeres.
Quinto. En esta resolución se da cumplimiento a los principios de buena regulación
a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respetando los principios de
necesidad, eficacia, proporcionalidad y seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, tal y
como ha quedado expresado en párrafos precedentes.
Por todo ello, esta Presidencia, a tenor de lo establecido en el artículo 22 de los
Estatutos del Consorcio, en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
HA RESUELTO

Segundo. El ejercicio de esta delegación quedará sujeto a las siguientes condiciones:
1. Esta delegación no impide la facultad de la Presidencia del Consorcio de revocarla
en cualquier momento ni la de avocar el conocimiento de aquellos asuntos que estime
precisos cuando circunstancias técnicas, económicas, sociales o jurídicas lo aconsejen.
2. La persona titular de la delegación podrá someter a esta Presidencia aquellos
asuntos cuya trascendencia o peculiaridad lo aconsejen.
3. Los actos dictados en virtud de esta delegación no podrán exceder de los límites
de la misma, siendo considerados nulos de pleno derecho en caso contrario.
4. Los actos y resoluciones que se dicten en virtud de esta delegación de competencias
agotarán la vía administrativa, siéndoles de aplicación el régimen de impugnación previsto
legalmente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00278868

Primero. Delegar en la persona titular de la Dirección Gerencia del Consorcio Parque
de las Ciencias la presidencia de la Comisión prevista en el artículo 6 del Convenio
Colectivo del personal al servicio de la entidad, con las competencias inherentes a este
cargo, incluyendo la designación del resto de representantes de la entidad en dicho
órgano colegiado.
En caso de ausencia, vacante o enfermedad de la persona titular de esta delegación,
la presidencia de la Comisión será asumida por la persona titular de la Dirección de Área
de Ciencias y Educación de la entidad o puesto que la sustituya.