5. Anuncios. . (2023/41-50)
Anuncio de 8 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Córdoba, por la que se concede autorización administrativa previa, para el proyecto que se cita, en los términos municipales de Bujalance y Montoro (Córdoba), promovidas por la sociedad Caletona Servicios y Gestiones, S.L. (PP. 738/2023).
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Jueves, 2 de marzo de 2023

página 2744/7

Sexto. Permisos de Acceso y Conexión.
Con fecha 28 de mayo de 2019, Red Eléctrica de España, S.A., emitió una actualización
de informe de viabilidad de acceso conjunto, correspondiente a las plantas fotovoltaicas
a conectar en el nudo de la red de transporte «SE Guadame 220 kV», entre las que se
encuentra la Planta Solar Fotovoltaica «El Caballo 1» promovida por la sociedad Caletona
Servicios y Gestiones, S.L., para la que se otorgan 27,5 MW como potencia máxima en
la conexión. En dicho informe se indica que la conexión del contingente de generación
considerado en el mismo, resulta técnicamente viable.
Con fecha 27 de agosto de 2020, Red Eléctrica de España, S.A., emitió el informe de
cumplimiento de condiciones técnicas para la conexión (ICCTC), y el 17 de septiembre
de 2020, el informe de verificación de las condiciones técnicas para la conexión (IVCTC),
correspondiente al contingente de generación renovable mencionado previamente, a
conectar en el nudo de la red de transporte «SE Guadame 220 400 kV», incluida la Planta
Solar Fotovoltaica «El Caballo 1». La última comunicación supone la cumplimentación de
los procedimientos de acceso y conexión, y constituye los permisos de acceso y conexión
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00277843

afectaría ahora a los término municipales de Bujalance y Montoro, presentado el 1
de diciembre de 2021, no fue objeto de solicitud de nuevo Informe de Compatibilidad
Urbanística a estos municipios, dado el cambio normativo determinado por la entrada en
vigor del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre.
No obstante lo anterior, dentro del trámite de consultas conforme al artículo 127 del
Real Decreto 1955/2000, y al artículo 17 del Decreto 356/2010, el 13 de enero de 2022,
se solicitó del Ayuntamiento de Bujalance informe de conformidad u oposición al proyecto
de la planta solar fotovoltaica «El Caballo 1» y la línea a 220 kV de evacuación conjunta.
Adjunto a esta solicitud se incluyeron las separatas correspondientes a la planta
fotovoltaica «El Caballo 1», la subestación transformadora «SET CSF Caballo 33/220 kV»,
y a la línea a 220 kV de evacuación conjunta de las plantas solares fotovoltaicas «El
Caballo 1», «El Caballo 2», «El Caballo 3». Por error la separata remitida correspondiente
a la línea no era la última versión presentada el 1 de diciembre de 2021, que describe la
línea con un trazado que discurre por los términos municipales de Bujalance y Montoro,
sino la versión anterior en la que la línea discurría por los términos municipales de
Bujalance y Villa del Río.
En su respuesta, de 9 de febrero de 2022, el Ayuntamiento remitió adjunto un informe del
técnico municipal, de fecha 2 de febrero de 2022, titulado «Actuaciones en Suelo Rústico.
PPSSFF El Caballo I, II, y III» que no es una respuesta concreta a lo solicitado, sino que
se refiere al Informe de Compatibilidad Urbanística y a condiciones necesarias para el
otorgamiento de Licencia Urbanística, e informa negativamente a la concesión de ésta última,
estableciendo condiciones previas para su obtención. El informe se extiende al conjunto
de instalaciones de generación del mismo promotor en Bujalance: las plantas solares
fotovoltaicas «El Caballo 1», «El Caballo 2», «El Caballo 3», y línea aérea de evacuación, a
220 kV en su configuración previa a la modificación de 1 de diciembre de 2021.
Observado el error de no incluir la modificación de la línea de evacuación, el 31 de
octubre de 2022, se vuelve a remitir al Ayuntamiento de Bujalance separata del proyecto,
con la descripción de la línea a 220 kV de evacuación conjunta, en su trazado definitivo
por los términos municipales de Bujalance y Montoro, solicitando del Ayuntamiento de
Bujalance la emisión de conformidad u oposición al proyecto conforme al artículo 127 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y al artículo 17 del Decreto 356/2010, de 3
de agosto. El 17 de enero de 2023 se obtuvo respuesta del Ayuntamiento de Bujalance
que mantiene las conclusiones de anteriores informes e incorpora la modificación,
presentada el 1 de diciembre de 2021, de la línea a 220 kV de evacuación conjunta,
indicando en sus conclusiones que los usos planteados se entienden compatibles con
el régimen urbanístico que establece el PGOU de Bujalance, y que no se aprecian
afecciones significativas en la Red de Caminos Públicos que tutela el municipio.