3. Otras disposiciones. . (2023/40-41)
Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se publica el Convenio de Cooperación Educativa tipo entre la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública y la Universidad de Córdoba, para la realización de prácticas académicas externas en el Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía (SAVA), Puntos de Encuentro Familiar (PEF) y Puntos de Información para la Mediación en Andalucía (PIMA).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Miércoles, 1 de marzo de 2023
página 3808/11
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014, al amparo de lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 6.
No obstante lo anterior, los principios de dicho texto sí serán de aplicación, en defecto
de normas especiales, para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse, de
conformidad con lo establecido en su artículo 4.
Decimocuarta. Jurisdicción competente y resolución de controversias.
La resolución de controversias que pudieran plantearse sobre la ejecución e
interpretación del presente convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las
partes, con carácter previo, a través de la Comisión de Seguimiento y Control prevista
en la cláusula décima. Si dicho acuerdo no pudiera alcanzarse, el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que
pudieran suscitarse.
Y, de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que
legalmente corresponden a cada una de las partes firmantes, obligando con ello a las
Instituciones que representan, suscriben el presente convenio por duplicado ejemplar en
el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
00278871
El Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, Fdo.: José Antonio
Nieto Ballesteros; el Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, Fdo.: Manuel
Torralbo Rodríguez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Miércoles, 1 de marzo de 2023
página 3808/11
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014, al amparo de lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 6.
No obstante lo anterior, los principios de dicho texto sí serán de aplicación, en defecto
de normas especiales, para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse, de
conformidad con lo establecido en su artículo 4.
Decimocuarta. Jurisdicción competente y resolución de controversias.
La resolución de controversias que pudieran plantearse sobre la ejecución e
interpretación del presente convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las
partes, con carácter previo, a través de la Comisión de Seguimiento y Control prevista
en la cláusula décima. Si dicho acuerdo no pudiera alcanzarse, el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que
pudieran suscitarse.
Y, de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que
legalmente corresponden a cada una de las partes firmantes, obligando con ello a las
Instituciones que representan, suscriben el presente convenio por duplicado ejemplar en
el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
00278871
El Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, Fdo.: José Antonio
Nieto Ballesteros; el Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, Fdo.: Manuel
Torralbo Rodríguez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja