Autoridades y personal. . (2023/39-34)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal laboral fijo de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz de la categoría de Encargado de Equipo de Conserjería.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Lunes, 27 de febrero de 2023

página 3739/3

4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se hará pública en
la página web del Área de Personal (https://personal.uca.es/provision-de-puestos-detrabajo/), se incluirá la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en
este último caso, la/s causa/s de exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para
poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará
a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática
en la Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen
la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la
participación en el proceso selectivo.
4.3. Transcurrido el plazo de subsanación se hará pública, en la página web indicada
anteriormente, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

6. Baremo aplicable.
6.1. El baremo a aplicar, según lo establecido en el art. 19 del vigente Convenio
Colectivo, es el siguiente:
a) 0,1 puntos por mes o fracción en el mismo puesto de trabajo desde el que se
concursa, con un máximo de 6 puntos.
b) 0,05 puntos por mes o fracción en la misma categoría profesional desde la que se
concursa, con un máximo de 6 puntos.
c) 0,20 puntos por cada curso realizado de hasta 15 horas de duración, 0,30 puntos
por cada curso realizado de entre 16 y 30 horas de duración, y 0,50 puntos por cada
curso realizado de más de 30 horas de duración. En todos los casos serán tenidos en
cuenta los cursos organizados por una Universidad o centro oficial de formación, en el
área de conocimiento propia de la categoría profesional del puesto al que se aspira, y de
conformidad con los requisitos establecidos en la normativa interna de la Universidad de
Cádiz. El máximo de puntuación de este apartado será de 2 puntos.
d) 1 punto por cada titulación Universitaria específica, de igual o superior nivel, al
puesto de trabajo convocado, con un máximo de 2 puntos.
e) En caso de igualdad el criterio establecido es el de mayor antigüedad en la
Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00278812

5. Desarrollo del concurso.
5.1. El concurso se desarrollará en dos fases.
5.1.1. En la primera, se adjudicarán los puestos de trabajo ofertados y los de resultas
a los aspirantes que presten servicios en la Universidad de Cádiz.
5.1.2. En la segunda se ofertarán al resto de aspirantes las plazas que hayan quedado
vacantes definitivamente y por el siguiente orden:
a) Excedentes.
b) Personal de otras Universidades andaluzas.
c) Personal de otras Universidades firmantes de convenios de reciprocidad.