Autoridades y personal. . (2023/39-24)
Orden de 20 de febrero de 2023, por la que la que se realiza convocatoria pública de concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en plazas vacantes del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Lunes, 27 de febrero de 2023

página 3746/8

Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1. Listado provisional del personal admitido y excluido.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará por la persona titular de
la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos resolución, que se
publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por la que se declarará aprobada
la lista provisional de las personas aspirantes admitidas y excluidas con indicación del
lugar y fecha de publicación de la referida lista.
En dicha lista, que se expondrá en el portal web de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, deberán constar apellidos y nombre del personal
participante, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de
identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente, de
conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales, número de aspirante, turno por el que participa, así como, en el supuesto de
exclusión, la causa de la misma.
4.2. Alegaciones y subsanación de defectos.
Las personas que resulten excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la exposición de la lista provisional del personal
admitido y excluido, para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión,
así como para aportar la documentación omitida y, en su caso, corregir errores de sus
datos personales. El personal aspirante que dentro del plazo señalado no subsane
la causa de exclusión o no alegue la omisión será definitivamente excluido del
procedimiento, decayendo en todos sus derechos relacionados con la participación en el
proceso selectivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las alegaciones se dirigirán a la persona titular de la Dirección General del Profesorado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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3.4. Lugar y forma de presentación.
Quienes aspiren a participar en este procedimiento deberán presentar obligatoriamente
las solicitudes y los méritos a través de medios electrónicos, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 14.2.e) y 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 39
del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
Quienes deseen participar en este procedimiento selectivo deberán cumplimentar
el formulario web asociado al Anexo I (solicitud de participación), que facilitará esta
Administración educativa a través de su portal web, de acuerdo con las indicaciones e
instrucciones que en el mismo se incluyan.
En caso de que se presente más de una solicitud de participación, solo se tendrá en
consideración la última presentada, quedando invalidadas las anteriores.
3.5. Plazo.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación correspondiente a los
méritos relativos al Anexo II de esta orden será de quince días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
En ningún caso en esta convocatoria se podrá participar por el turno general y por el
de reserva de personas con discapacidad.
El requerimiento para la aportación de documentos que, habiendo sido alegados no
consten en la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, conforme a
lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se efectuará mediante
la resolución, por la que se declare aprobada el listado provisional de personal admitido
y excluido para participar en el presente procedimiento selectivo, haciendo constar el
motivo de exclusión.