3. Otras disposiciones. . (2023/37-49)
Orden de 8 de febrero de 2023, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 37 - Jueves, 23 de febrero de 2023
página 3518/3
Andalucía, aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, y con las atribuciones
conferidas por el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
RESU ELVO
Primero. Aprobación de modificación de Estatutos.
Se aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Profesional de Ingenieros
Técnicos en Informática de Andalucía, acordada por la Asamblea General Extraordinaria
de 16 de diciembre de 2022 y consistente en la inclusión de una disposición transitoria
única, cuyo texto se inserta a continuación:
«Disposición transitoria única.
De acuerdo con la disposición transitoria cuarta de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre,
de modificación de diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a
las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Omnibus), perdurará la obligatoriedad de
la colegiación establecida en el artículo 4 de la Ley Ley 12/2005, de 31 de mayo, de
creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática, hasta que se
produzca la aprobación y entrada en vigor de la ley estatal que determine las profesiones
para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.»
Segundo. Inscripción registral.
Se ordena la inscripción de la modificación de los Estatutos del Colegio Profesional
de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía en la Sección Primera del Registro
de Colegios Profesionales de Andalucía.
Tercero. Publicación y notificación.
La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin
perjuicio de su notificación a las personas y entidades interesadas.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer,
directamente, el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos
de este orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 8 de febrero de 2023
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
00278593
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 37 - Jueves, 23 de febrero de 2023
página 3518/3
Andalucía, aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, y con las atribuciones
conferidas por el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
RESU ELVO
Primero. Aprobación de modificación de Estatutos.
Se aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Profesional de Ingenieros
Técnicos en Informática de Andalucía, acordada por la Asamblea General Extraordinaria
de 16 de diciembre de 2022 y consistente en la inclusión de una disposición transitoria
única, cuyo texto se inserta a continuación:
«Disposición transitoria única.
De acuerdo con la disposición transitoria cuarta de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre,
de modificación de diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a
las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Omnibus), perdurará la obligatoriedad de
la colegiación establecida en el artículo 4 de la Ley Ley 12/2005, de 31 de mayo, de
creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática, hasta que se
produzca la aprobación y entrada en vigor de la ley estatal que determine las profesiones
para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.»
Segundo. Inscripción registral.
Se ordena la inscripción de la modificación de los Estatutos del Colegio Profesional
de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía en la Sección Primera del Registro
de Colegios Profesionales de Andalucía.
Tercero. Publicación y notificación.
La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin
perjuicio de su notificación a las personas y entidades interesadas.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer,
directamente, el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos
de este orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 8 de febrero de 2023
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
00278593
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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