3. Otras disposiciones. . (2023/35-70)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueba definitivamente el Plan Especial para la implantación de un circuito de velocidad en Carmona (Sevilla), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 35 - Martes, 21 de febrero de 2023

página 3344/7

parte de este organismo de cuenca. La autorización de vertidos se solicitará expresamente
al área de Calidad de aguas de esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.»
• Informe en materia de Aviación Civil: solicitado a la Dirección General de Aviación
Civil con fecha 2.8.2022; habiendo tenido entrada en esta Delegación Territorial con
fecha 25.11.2022; reiterando el carácter favorable .
- El Plan Especial, con la inclusión del Resumen Ejecutivo, aprobado provisionalmente
con fecha 24.7.2022, ha estado sometido a información pública, mediante anuncio en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 148, de 3.8.2022, en el Portal de la
Transparencia de la Junta de Andalucía, con fecha 3.8.2022, y en uno de los periódicos
oficiales de mayor difusión provincial, ABC, con fecha 4.10.2022. Asimismo, consta su
publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Carmona, de conformidad con
certificado el certificado expedido por la Secretaría de dicho Ayuntamiento, de fecha
13.12.2022. Todo ello, de conformidad con el artículo 39 de la Ley 7/2002, de 17 de
diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
- Durante el trámite de información pública, se presentaron alegaciones, con fechas
31.8.2022 y 3.10.2022, por don Antonio Hurtado Bueno y don Angel Hurtado Bueno.
Obra en el expediente administrativo Certificado de la Secretaria General Provincial, de
fecha 13.12.2022, al respecto. Las alegaciones presentadas fueron contestadas por el
promotor. Tanto el tenor literal de las alegaciones presentadas por los interesados como la
respuesta dada a la mismas por el promotor, constan expresamente en el informe emitido
por el del Servicio de Urbanismo con fecha 16.12.2022. Una vez analizadas las referidas
alegaciones y valoradas las respuestas dadas a las mismas por el promotor, se propone,
de conformidad con lo establecido en el informe del el Servicio de Urbanismo, emitido
con fecha 16.12.2022, la desestimación de cada una de las alegaciones presentadas.
- Con fecha 13.12.2022, se le comunica al promotor que el expediente está completo,
pudiendo someterse el Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad, a la
consideración de la CTOTU para su aprobación definitiva.
Quinto. El planeamiento vigente en el municipio de Carmona son las Normas
Subsidiarias, aprobadas definitivamente por Resolución de la Comisión Provincial de
Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 17.11.1983, que cuentan con Adaptación
Parcial a la LOUA en virtud del Decreto 11/2008, de 22 de enero, aprobadas por el Pleno
del Ayuntamiento en fecha 4.3.2009, y publicadas en BOP con fecha 6.6.2009, con
documento de corrección de errores de fecha 17.7.2009 y publicado en BOP el 8.1.2010.
Sexto. Con fecha 16.12.2022, el Servicio de Urbanismo, emite Informe técnico-jurídico
previo a la propuesta elevada a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y
Urbanismo de Sevilla por la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda en Sevilla.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. El contenido documental del Plan Especial para la implantación en el
término municipal de Carmona (Sevilla) de una infraestructura de índole deportiva y
turística mediante un circuito de velocidad, contiene lo establecido en el artículo 14.4 y
42.5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00278402

Primero. En virtud de lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley
7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía,
la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, resulta
de aplicación al presente instrumento urbanístico, por lo que, tanto la tramitación para
su aprobación, como sus determinaciones, deben ajustarse a lo que la referida Ley
establezca.