3. Otras disposiciones. . (2023/35-70)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueba definitivamente el Plan Especial para la implantación de un circuito de velocidad en Carmona (Sevilla), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.
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Número 35 - Martes, 21 de febrero de 2023
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Entendiéndose ratificados el resto de informes sobre los que no se ha emitido un
pronunciamiento expreso.
- Con fecha 3.3.2022, el promotor presentó ante la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, nuevo documento técnico,
solicitando la segunda aprobación provisional del Plan Especial para la implantación
de circuito de velocidad. No obstante, con fecha 19.4.2022, solicitó la retirada de dicha
documentación.
- Con fecha 26.4.2022, se remitieron al promotor los informes sectoriales emitidos por
los organismos sectoriales, recibidos en la Delegación Territorial.
Como resultado de la tramitación descrita, se produjeron modificaciones no
sustanciales respecto al documento aprobado provisionalmente con fecha 27.10.2021,
las cuales quedaron reflejadas en un nuevo documento presentado por el promotor ante
esta Delegación Territorial, con fecha 24.5.2022 (denominado por éste “documento para
Aprobación Definitiva”). Asimismo, con fecha 26.6.2022, el promotor presenta en esta
Delegación Territorial el Resumen Ejecutivo del proyecto.
D) Con fecha 24.7.2022, se dicta resolución de aprobación provisional segunda del
Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad. Tras este acuerdo, se han
realizado las siguientes actuaciones:
- Se ha notificado al promotor, el Acuerdo de aprobación provisional segunda del Plan
Especial para la implantación de circuito de velocidad; constando su recepción con fecha
2.8/2022.
- Se ha notificado el Acuerdo de aprobación provisional segunda al Ayuntamiento
afectado (Ayuntamiento de Carmona) con fecha 26.7.2022; así como a Federación de
Ecologistas en Acción-Sevilla, constando su recepción con fecha 2.8.2022.
- Tal como establece el artículo 32.1 regla 4.ª) de la LOUA, se han requerido los
Informes de verificación a los órganos y entidades administrativas gestores de intereses
públicos afectados, vinculantes, que se han emitido con el siguiente sentido:
• Con fecha 2.8.2022, se solicitó a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
en Sevilla, la emisión de verificación de Declaración Ambiental Estratégica, habiendo
tenido entrada ésta en la Delegación con fecha 1.9.2022; habiéndose emitido con
carácter favorable con las condiciones ya cumplimentadas en la 2.ª AP.
• Informe estatal materia de dominio público hidráulico: solicitud reiterada a la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con fecha 11.8.2022. Dicho informe ha
tenido entrada en la esta Delegación Territorial con fecha 2.9.2022, y concluye el
siguiente tenor:
“Por lo anteriormente expuesto, este Servicio Técnico emite para su consideración
por la superioridad informe sectorial Favorable Condicionado, al documento de la
aprobación provisional(II) del plan especial para la implantación de un circuito de
velocidad en ELTM de Carmona (Sevilla), a la vista de la legislación estatal de aplicación.
Antes de la emisión de las correspondientes licencias o autorizaciones municipales que
sean requeridas, se deberá cumplir el siguiente condicionado que deberá ser supervisado
por el Ayuntamiento:
1. Contar con Autorización para las obras de drenaje transversal y para cualquier
otra sobre el Dominio Público Hidráulico de los arroyos existentes en el ámbito del Plan
Espacial, debiendo presentar para ello el correspondiente Proyecto de obras, que deberá
tener en cuenta las consideraciones realizadas en el apartado 3 del presente informe.
2. En relación con la contratación de un gestor de residuos para la retirada de
las aguas residuales depuradas, deberá aportarse contrato de servicios o carta de
compromiso con el mismo, así como certificado de homologación y estanqueidad del
depósito de acumulación.
3. En caso de no realizarse la gestión o extracción de aguas depuradas por un gestor
autorizado, se deberá solicitar y obtener la correspondiente autorización de vertidos por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278402
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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Entendiéndose ratificados el resto de informes sobre los que no se ha emitido un
pronunciamiento expreso.
- Con fecha 3.3.2022, el promotor presentó ante la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, nuevo documento técnico,
solicitando la segunda aprobación provisional del Plan Especial para la implantación
de circuito de velocidad. No obstante, con fecha 19.4.2022, solicitó la retirada de dicha
documentación.
- Con fecha 26.4.2022, se remitieron al promotor los informes sectoriales emitidos por
los organismos sectoriales, recibidos en la Delegación Territorial.
Como resultado de la tramitación descrita, se produjeron modificaciones no
sustanciales respecto al documento aprobado provisionalmente con fecha 27.10.2021,
las cuales quedaron reflejadas en un nuevo documento presentado por el promotor ante
esta Delegación Territorial, con fecha 24.5.2022 (denominado por éste “documento para
Aprobación Definitiva”). Asimismo, con fecha 26.6.2022, el promotor presenta en esta
Delegación Territorial el Resumen Ejecutivo del proyecto.
D) Con fecha 24.7.2022, se dicta resolución de aprobación provisional segunda del
Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad. Tras este acuerdo, se han
realizado las siguientes actuaciones:
- Se ha notificado al promotor, el Acuerdo de aprobación provisional segunda del Plan
Especial para la implantación de circuito de velocidad; constando su recepción con fecha
2.8/2022.
- Se ha notificado el Acuerdo de aprobación provisional segunda al Ayuntamiento
afectado (Ayuntamiento de Carmona) con fecha 26.7.2022; así como a Federación de
Ecologistas en Acción-Sevilla, constando su recepción con fecha 2.8.2022.
- Tal como establece el artículo 32.1 regla 4.ª) de la LOUA, se han requerido los
Informes de verificación a los órganos y entidades administrativas gestores de intereses
públicos afectados, vinculantes, que se han emitido con el siguiente sentido:
• Con fecha 2.8.2022, se solicitó a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
en Sevilla, la emisión de verificación de Declaración Ambiental Estratégica, habiendo
tenido entrada ésta en la Delegación con fecha 1.9.2022; habiéndose emitido con
carácter favorable con las condiciones ya cumplimentadas en la 2.ª AP.
• Informe estatal materia de dominio público hidráulico: solicitud reiterada a la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con fecha 11.8.2022. Dicho informe ha
tenido entrada en la esta Delegación Territorial con fecha 2.9.2022, y concluye el
siguiente tenor:
“Por lo anteriormente expuesto, este Servicio Técnico emite para su consideración
por la superioridad informe sectorial Favorable Condicionado, al documento de la
aprobación provisional(II) del plan especial para la implantación de un circuito de
velocidad en ELTM de Carmona (Sevilla), a la vista de la legislación estatal de aplicación.
Antes de la emisión de las correspondientes licencias o autorizaciones municipales que
sean requeridas, se deberá cumplir el siguiente condicionado que deberá ser supervisado
por el Ayuntamiento:
1. Contar con Autorización para las obras de drenaje transversal y para cualquier
otra sobre el Dominio Público Hidráulico de los arroyos existentes en el ámbito del Plan
Espacial, debiendo presentar para ello el correspondiente Proyecto de obras, que deberá
tener en cuenta las consideraciones realizadas en el apartado 3 del presente informe.
2. En relación con la contratación de un gestor de residuos para la retirada de
las aguas residuales depuradas, deberá aportarse contrato de servicios o carta de
compromiso con el mismo, así como certificado de homologación y estanqueidad del
depósito de acumulación.
3. En caso de no realizarse la gestión o extracción de aguas depuradas por un gestor
autorizado, se deberá solicitar y obtener la correspondiente autorización de vertidos por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278402
BOJA
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