Disposiciones generales. . (2023/34-6)
Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad de Huelva, de 6 de febrero de 2023, por la que se aprueba una convocatoria de becas de matrículas para estudiantes no becarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional, curso 2022/23.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Lunes, 20 de febrero de 2023
página 3193/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad de Huelva, de 6 de febrero
de 2023, por la que se aprueba una convocatoria de becas de matrículas para
estudiantes no becarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional,
curso 2022/23.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
BDNS: 676170.
Primero. Convocatoria.
Con objeto de ofrecer una ayuda a los estudiantes para compensar los gastos
derivados del precio de la matrícula de los estudios universitarios, el Vicerrectorado de
Estudiantes, convoca becas al estudio con cargo a la aplicación presupuestaria 481.01
del Servicio de Gestión Académica de acuerdo a las siguientes bases.
La Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas al alumnado
de Grado y Máster de la Universidad de Huelva (BOJA de 21 de diciembre), contempla
las bases para la convocatoria de becas para esta convocatoria. Procede, entonces, en
aplicación de las referidas bases, la elaboración y publicación de la presente convocatoria.
Por todo lo anterior, de acuerdo con las competencias atribuidas por el art. 31.s)
en relación con los apartados l) y m) de los Estatutos, resuelvo aprobar la siguiente
convocatoria, así como impulsar su publicación en la Base Nacional de Subvenciones y
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Bases reguladoras.
Bases reguladoras aprobadas por Resolución Rectoral de la Universidad de Huelva,
de 29 de noviembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de becas y ayudas al alumnado de Grado y Máster de la Universidad de
Huelva, BOJA número 243, de 21 de diciembre de 2022.
Cuarto. Personas beneficiarias.
El objeto de esta convocatoria es ayudar en el pago de la matrícula a aquel alumnado
que no ha obtenido la beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional,
cuyo rendimiento académico ha quedado próximo a los requisitos exigidos en dicha
convocatoria. De igual manera, esta convocatoria permitirá ayudar a aquel alumnado que
participa en el programa de Alojamiento con personas mayores y a quienes habitualmente
obtienen beca estatal, pero que este curso no la ha solicitado en plazo, debido al cambio
de fechas que se ha producido para este curso.
Quedarán excluidos las personas solicitantes que:
No reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Estén cursando una segunda titulación que no sea de nivel académico superior a la
previamente finalizada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278230
Tercero. Financiación.
La partida presupuestaria del Servicio de Gestión Académica destinada al abono de
esta ayuda será: 80.00.04 321A 481.01: 38.541 euros.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Lunes, 20 de febrero de 2023
página 3193/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad de Huelva, de 6 de febrero
de 2023, por la que se aprueba una convocatoria de becas de matrículas para
estudiantes no becarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional,
curso 2022/23.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
BDNS: 676170.
Primero. Convocatoria.
Con objeto de ofrecer una ayuda a los estudiantes para compensar los gastos
derivados del precio de la matrícula de los estudios universitarios, el Vicerrectorado de
Estudiantes, convoca becas al estudio con cargo a la aplicación presupuestaria 481.01
del Servicio de Gestión Académica de acuerdo a las siguientes bases.
La Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas al alumnado
de Grado y Máster de la Universidad de Huelva (BOJA de 21 de diciembre), contempla
las bases para la convocatoria de becas para esta convocatoria. Procede, entonces, en
aplicación de las referidas bases, la elaboración y publicación de la presente convocatoria.
Por todo lo anterior, de acuerdo con las competencias atribuidas por el art. 31.s)
en relación con los apartados l) y m) de los Estatutos, resuelvo aprobar la siguiente
convocatoria, así como impulsar su publicación en la Base Nacional de Subvenciones y
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Bases reguladoras.
Bases reguladoras aprobadas por Resolución Rectoral de la Universidad de Huelva,
de 29 de noviembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de becas y ayudas al alumnado de Grado y Máster de la Universidad de
Huelva, BOJA número 243, de 21 de diciembre de 2022.
Cuarto. Personas beneficiarias.
El objeto de esta convocatoria es ayudar en el pago de la matrícula a aquel alumnado
que no ha obtenido la beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional,
cuyo rendimiento académico ha quedado próximo a los requisitos exigidos en dicha
convocatoria. De igual manera, esta convocatoria permitirá ayudar a aquel alumnado que
participa en el programa de Alojamiento con personas mayores y a quienes habitualmente
obtienen beca estatal, pero que este curso no la ha solicitado en plazo, debido al cambio
de fechas que se ha producido para este curso.
Quedarán excluidos las personas solicitantes que:
No reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Estén cursando una segunda titulación que no sea de nivel académico superior a la
previamente finalizada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278230
Tercero. Financiación.
La partida presupuestaria del Servicio de Gestión Académica destinada al abono de
esta ayuda será: 80.00.04 321A 481.01: 38.541 euros.